Derecho eclesiástico

El Derecho eclesiástico del Estado de acuerdo a la moderna Ciencia del Derecho, es el conjunto de normas jurídicas que los Estados dictan, en el marco de su propio ordenamiento jurídico, para regular los aspectos sociales de los fenómenos religiosos. No debe confundirse con el Derecho religioso.

Las normas de esta clase integran todos aquellos preceptos legales que afectan a las personas, instituciones, relaciones y actividades que se dirigen a finalidades sociales religiosas, es decir, la regul ación de las actividades sociales de origen religioso de sus ciudadanos. En estas se incluyen, entre otras, disposiciones de Derecho civil, laboral, administrativo, tributario y penal.

Tales normas pueden ser dictadas por el Estado, vía acuerdo con las diferentes confesiones religiosas (como los concordatos en el caso de la Iglesia católica), o unilateralmente. A través de ellas se regulan, por ejemplo, el estatuto jurídico de los ministros de culto, las exenciones tributarias a las confesiones religiosas, el reconocimiento civil de ciertos actos celebrados o efectuados ante éstas (como los matrimonios) o de las sentencias de los tribunales u otros organismos propios de las confesiones religiosas. proporcionado por Wikipedia
Mostrando 1 - 3 Resultados de 3 Para Buscar 'Derecho eclesiástico', tiempo de consulta: 0.01s Filtros de búsqueda
  1. 1
    Tomus [primus-tertius] Disputationum de sancto matrimonii sacramento / authore Thoma Sanchez Cordubensi è Societate Jesu
    Otros Autores: “…Derecho eclesiástico…”
    Libro
  2. 2
    Instituta Congregationis Oratorii S. Mariae in Vallicella de urbe a S: Philippo Nerio, fundatae
    Otros Autores: “…Derecho eclesiástico…”
    Libro
  3. 3
    Real decreto expedido por el obispo de la Puebla D. de José Cayetano Gallo, en el que se manda instruir al pueblo sobre la compañia observación de la constitución del reino y el amor por las leyes fundamentales
    Otros Autores: “…Derecho eclesiástico…”
    Libro