Por D. Francisco Xavier Rincon, Gallardo, en los dos articulos, que penden en esta Real Audiencia. El primero: sobre que se le entreguen sus tutelas, como habil, y capaz para administrar sus bienes, y aver salido de la curatoria potestad, mediante el matrimonio, que hà contrahido, y edad cumplida de 17 años. El segundo: sobre que se ampare en la possession, que adquiró de el vinculo fundado en las heziendas de la cienega de Mata, (desde que murió D. Manuel Rincon, Gallardo su padre) por medio de la persona de D. Diego de Arteaga su tutor, y curados. Y no tener lugar la pretension de Doña Maria Theresa Gallardo su hermana mayor, sobre que se le dé la tenuta, y possession de dicho vinculo, aun quando fuera la immediata successora â él, por aver passado el tiempo, en que da deviò impetrar. Dedicado al padre de los pobres, y glorioso patriarcha S. Juan de Dios