Por Alonso Hidalgo de Quesada, por si, y como padre, y legitimo administrador de doña Iuana, y Maria Hidalgo y Navarrete, vezina de la ciudad de Baeça. Contra doña Catalina de Torralva, menor, vezina de la dicha ciudad. [Pretende doña Catalina de Torrava, que las dos escrituras de donacion que otorgo en veynte y quatro de febrero de 631. La una en favor de Alonso Hidalgo. Y la otra en favor de doña Iuana, y doña Maria de Navarrete sus primas hermanas, se han de declarar por nulas, y condenara los donatarios a q[ue] le restituyan los bienes donados, co[n] frutos, y fundase en tres razones]

Por Alonso Hidalgo de Quesada, por si, y como padre, y legitimo administrador de doña Iuana, y Maria Hidalgo y Navarrete, vezina de la ciudad de Baeça. Contra doña Catalina de Torralva, menor, vezina de la dicha ciudad. [Pretende doña Catalina de Torrava, que las dos escrituras de donacion que otorgo en veynte y quatro de febrero de 631. La una en favor de Alonso Hidalgo. Y la otra en favor de doña Iuana, y doña Maria de Navarrete sus primas hermanas, se han de declarar por nulas, y condenara los donatarios a q[ue] le restituyan los bienes donados, co[n] frutos, y fundase en tres razones]

Detalles Bibliográficos
Formato: Libro
Lenguaje:Undetermined
Spanish
Publicado: en Granada : en la imprenta de Martin Fernandez Zambrano, 1633.
Materias:
Colección:Banco de datos
Acervo:Biblioteca Palafoxiana. Colección bibliográfica
Descripción Física:8 h. ; f°
Tema general:Derecho civil
Notas:Marca de fuego: Colegio de San Juan. Número de localización: R931-L
Descripción
Notas:Marca de fuego: Colegio de San Juan. Número de localización: R931-L
Descripción Física:8 h. ; f°