Por Alonso Hidalgo de Quesada, por si, y como padre, y legitimo administrador de doña Iuana, y Maria Hidalgo y Navarrete, vezina de la ciudad de Baeça. Contra doña Catalina de Torralva, menor, vezina de la dicha ciudad. [Pretende doña Catalina de Torrava, que las dos escrituras de donacion que otorgo en veynte y quatro de febrero de 631. La una en favor de Alonso Hidalgo. Y la otra en favor de doña Iuana, y doña Maria de Navarrete sus primas hermanas, se han de declarar por nulas, y condenara los donatarios a q[ue] le restituyan los bienes donados, co[n] frutos, y fundase en tres razones]

Por Alonso Hidalgo de Quesada, por si, y como padre, y legitimo administrador de doña Iuana, y Maria Hidalgo y Navarrete, vezina de la ciudad de Baeça. Contra doña Catalina de Torralva, menor, vezina de la dicha ciudad. [Pretende doña Catalina de Torrava, que las dos escrituras de donacion que otorgo en veynte y quatro de febrero de 631. La una en favor de Alonso Hidalgo. Y la otra en favor de doña Iuana, y doña Maria de Navarrete sus primas hermanas, se han de declarar por nulas, y condenara los donatarios a q[ue] le restituyan los bienes donados, co[n] frutos, y fundase en tres razones]

Detalles Bibliográficos
Formato: Libro
Lenguaje:Undetermined
Spanish
Publicado: en Granada : en la imprenta de Martin Fernandez Zambrano, 1633.
Materias:
Colección:Banco de datos
Acervo:Biblioteca Palafoxiana. Colección bibliográfica
Descripción Física:8 h. ; f°
Tema general:Derecho civil
Notas:Marca de fuego: Colegio de San Juan. Número de localización: R931-L
LEADER 01150nam a2200169Ia 4500
008 150723s9999 xx 000 0 und d
041 0 |a spa 
050 0 |a PAFX K623 D6 
245 1 0 |a Por Alonso Hidalgo de Quesada, por si, y como padre, y legitimo administrador de doña Iuana, y Maria Hidalgo y Navarrete, vezina de la ciudad de Baeça. Contra doña Catalina de Torralva, menor, vezina de la dicha ciudad. [Pretende doña Catalina de Torrava, que las dos escrituras de donacion que otorgo en veynte y quatro de febrero de 631. La una en favor de Alonso Hidalgo. Y la otra en favor de doña Iuana, y doña Maria de Navarrete sus primas hermanas, se han de declarar por nulas, y condenara los donatarios a q[ue] le restituyan los bienes donados, co[n] frutos, y fundase en tres razones] 
260 |a en Granada : en la imprenta de Martin Fernandez Zambrano, 1633. 
300 |a 8 h. ; f° 
500 |a Marca de fuego: Colegio de San Juan. Número de localización: R931-L 
501 |a Encuadernado con 63 obras y 6 manuscritos 
650 1 0 |a Derecho civil 
942 |c PALALIB 
943 |g Biblioteca Palafoxiana. Colección bibliográfica 
999 |c 1061043  |d 1061043