Por los curas beneficiados de la villa de Carrion, valle de Atrisco, su clero y el del Obispado de la Puebla, villa, y naturales. En el pleyto que mobio el Rdo. P. Provinvial de la Seraphica Religion del Sr. S. Francisco, à los beneficiados, y parrochia mayor de clerigos de dicha villa, y valle. Sobre pretender la parte de el Rdo. Padre Provincial, que la administracion de los Indios sirvientes y laborios de españoles de dicha villa, y valle toca a la parrochia regular del pueblo de Acapetlahuaca, habiendo mas de cien años, que los administran los clérigos de dicha parrochia.
Cita Chicago Style (17a ed.)Por Los Curas Beneficiados De La Villa De Carrion, Valle De Atrisco, Su Clero Y El Del Obispado De La Puebla, Villa, Y Naturales. En El Pleyto Que Mobio El Rdo. P. Provinvial De La Seraphica Religion Del Sr. S. Francisco, à Los Beneficiados, Y Parrochia Mayor De Clerigos De Dicha Villa, Y Valle. Sobre Pretender La Parte De El Rdo. Padre Provincial, Que La Administracion De Los Indios Sirvientes Y Laborios De Españoles De Dicha Villa, Y Valle Toca a La Parrochia Regular Del Pueblo De Acapetlahuaca, Habiendo Mas De Cien Años, Que Los Administran Los Clérigos De Dicha Parrochia. s.l. : s.n., 16--.
Cita MLA (8a ed.)Por Los Curas Beneficiados De La Villa De Carrion, Valle De Atrisco, Su Clero Y El Del Obispado De La Puebla, Villa, Y Naturales. En El Pleyto Que Mobio El Rdo. P. Provinvial De La Seraphica Religion Del Sr. S. Francisco, à Los Beneficiados, Y Parrochia Mayor De Clerigos De Dicha Villa, Y Valle. Sobre Pretender La Parte De El Rdo. Padre Provincial, Que La Administracion De Los Indios Sirvientes Y Laborios De Españoles De Dicha Villa, Y Valle Toca a La Parrochia Regular Del Pueblo De Acapetlahuaca, Habiendo Mas De Cien Años, Que Los Administran Los Clérigos De Dicha Parrochia.