Cita APA (7a ed.)

Por el derecho que assite a la parte de los herederos de Gabriel de Santillana, de los del thesorero Antonio Millan, difuntos acreedores à el valor del oficio de thesorero de la Casa Real de Moneda, por el precio que por razon de su mitad enteraron à su magestad en su Real Caxa. Y de D. Cathalina de Diosdado, D. Constanza de Abrego, el Licdo. Francisco de Lorrabachio, cura beneficiado en propiedad de Atlacomulco. Y D. Diego de Olivera, cesionarios de otros que fueron acreedores à el dicho oficio, por lo prestado para su entero: à quienes se deben noventa mil pesos enterados en la Real Caxa, por razon, de la dicha mitad que se causso quando entrò à el usso, y exercicio del dicho oficio Don Juan Lorenço de Vera, cavallero del Orden de Santiago, por muerte de Don Melchor de Vera, su hermano, hijos legitimos de Diego Matias de Vera, y Doña Ana de Ureña sus padres. Para que se mande vender dicho oficio, y de su procedido se paguen à los dichos acreedores los dichos noventa mil pesos, que en.

Cita Chicago Style (17a ed.)

Por El Derecho Que Assite a La Parte De Los Herederos De Gabriel De Santillana, De Los Del Thesorero Antonio Millan, Difuntos Acreedores à El Valor Del Oficio De Thesorero De La Casa Real De Moneda, Por El Precio Que Por Razon De Su Mitad Enteraron à Su Magestad En Su Real Caxa. Y De D. Cathalina De Diosdado, D. Constanza De Abrego, El Licdo. Francisco De Lorrabachio, Cura Beneficiado En Propiedad De Atlacomulco. Y D. Diego De Olivera, Cesionarios De Otros Que Fueron Acreedores à El Dicho Oficio, Por Lo Prestado Para Su Entero: à Quienes Se Deben Noventa Mil Pesos Enterados En La Real Caxa, Por Razon, De La Dicha Mitad Que Se Causso Quando Entrò à El Usso, Y Exercicio Del Dicho Oficio Don Juan Lorenço De Vera, Cavallero Del Orden De Santiago, Por Muerte De Don Melchor De Vera, Su Hermano, Hijos Legitimos De Diego Matias De Vera, Y Doña Ana De Ureña Sus Padres. Para Que Se Mande Vender Dicho Oficio, Y De Su Procedido Se Paguen à Los Dichos Acreedores Los Dichos Noventa Mil Pesos, Que En. s.l. : s.n., 1600.

Cita MLA (8a ed.)

Por El Derecho Que Assite a La Parte De Los Herederos De Gabriel De Santillana, De Los Del Thesorero Antonio Millan, Difuntos Acreedores à El Valor Del Oficio De Thesorero De La Casa Real De Moneda, Por El Precio Que Por Razon De Su Mitad Enteraron à Su Magestad En Su Real Caxa. Y De D. Cathalina De Diosdado, D. Constanza De Abrego, El Licdo. Francisco De Lorrabachio, Cura Beneficiado En Propiedad De Atlacomulco. Y D. Diego De Olivera, Cesionarios De Otros Que Fueron Acreedores à El Dicho Oficio, Por Lo Prestado Para Su Entero: à Quienes Se Deben Noventa Mil Pesos Enterados En La Real Caxa, Por Razon, De La Dicha Mitad Que Se Causso Quando Entrò à El Usso, Y Exercicio Del Dicho Oficio Don Juan Lorenço De Vera, Cavallero Del Orden De Santiago, Por Muerte De Don Melchor De Vera, Su Hermano, Hijos Legitimos De Diego Matias De Vera, Y Doña Ana De Ureña Sus Padres. Para Que Se Mande Vender Dicho Oficio, Y De Su Procedido Se Paguen à Los Dichos Acreedores Los Dichos Noventa Mil Pesos, Que En.

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