Memorial del pleyto que en govierno y justicia siguen el señor fiscal y las iglesias metropolitanas y catedrales de las Indias Occidentales con las religiones de S. Domingo, S. Agustin, N.S. de la Merced, Compañia de Jesus y las demas que tienen haziendas de labor y ganados en aquellos reynos y provincias sobre que las dichas religiones paguen diezmo de las dichas haziendas que han adquirido y que en adelante adquieren
Formato: | Libro |
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Lenguaje: | Undetermined Spanish |
Publicado: |
s.l. : s.n., 1600.
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Materias: | |
Colección: | Banco de datos |
Acervo: | Biblioteca Palafoxiana. Colección bibliográfica |
Descripción Física: | XII, 794 h. ; f° |
Tema general: | Derecho civil |
Notas: | Marca de fuego: Colegio de San Juan. Número de localización: 9631. Nota: Titulo del lomo Allegacion sobre diezmos de Indias |
Ejemplares similares
- Por las Iglesia metropolitanas, catedrales de los reynos y de las Indias Occidentales, sus fabricas, y hospitales, que coadiuban el derecho del señor fiscal del consejo con las religiones de aquellos reynos, y de povincias. Sobre que paguen diezmos de los bienes, y haziendas , que han adquirido, y adelante adquieren.
- Por las iglesias metropolitanas, y catedrales de los reynos de las Indias Occidentales, sus fabricas, y hospitales, que coadiuban el derecho del Señor fiscal del Consejo. Con las religiones de aquellos reynos, y provincias. Sobre que paguen diezmos de los bienes, y haziendas, que han adquirido, y adelante adquirieren
- Real provisión. [Sobre la executoria de las sentencias de vista, y revista, pronunciadas por los del Consejo Real de las Indias, en el pleyto que en él ha seguido el fiscal de V. Magestad, y las Iglesias Metropolitanas, y Catedrales de las Indias Occidentales, con las religiones dellas, sobre que paguen diezmos de las haziendas que han administrado, y adelante adquieren... Dada en Madrid a treinta y un dias del mes de diziembre, de mil y seicientos y sesenta y dos años
- Alegato: Estando como está mandado por sentencias de vista y revista ejecutoria del Real Consejo que los religiosos paguen diezmos de los predios, posesiones y demas cosas de muebles que habían adquirido y adelante adquiriesen desde el día de la pronunciación de las sentencias de vista.
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¿Debe existir descarte en las bibliotecas particulares que se adquieren?
Publicado: (2016)