[Don Fray Juan de Arauz, Obispo de Guadix y predicador de su Magestad dize: Que en veinte y dos de setiembre deste año se dio cedula despachada por el Consejo de la Camara, para que exonerasse del oficio de provisor al Lic. Assensio de Molina, que lo exerce, suponiendo que no era capaz, ni versado en derechos para el dicho oficio, y que nombrase persona en su lugar, que los supiesse, y fuesse graduado en ellos, y tuviesse las partes que se requieren para exercer el dicho oficio, conforme a lo ordenado por derecho, y que no fuesse capitular de aquella Iglesia, como se contiene en la dicha cedula, a que se remite.]

[Don Fray Juan de Arauz, Obispo de Guadix y predicador de su Magestad dize: Que en veinte y dos de setiembre deste año se dio cedula despachada por el Consejo de la Camara, para que exonerasse del oficio de provisor al Lic. Assensio de Molina, que lo exerce, suponiendo que no era capaz, ni versado en derechos para el dicho oficio, y que nombrase persona en su lugar, que los supiesse, y fuesse graduado en ellos, y tuviesse las partes que se requieren para exercer el dicho oficio, conforme a lo ordenado por derecho, y que no fuesse capitular de aquella Iglesia, como se contiene en la dicha cedula, a que se remite.]

Detalles Bibliográficos
Formato: Libro
Lenguaje:Undetermined
Spanish
Publicado: s.l. : s.n., 16--.
Materias:
Colección:Banco de datos
Acervo:Biblioteca Palafoxiana. Colección bibliográfica
Descripción Física:[4] h. ; f°
Tema general:Derecho eclesiástico
Notas:Número de localización: 9629-D