[Muy R. P. minsitro provincial recibì la carta de V. P. M. R. de 3 de febrero de este año de 1735 previniendome en ella, que el Señor governador, y capitan general, a pedimento de el juzgado de indios de esta provincia, le han notificado un auto, en que manda se quiten totalmente los indios del servicio de los Conventos, e iglesias, ò los reduce, en la parte que mas, a seis cantores, dos sacristanes, dos fiscales, y tres indios de servicio.
Cita Chicago Style (17a ed.)[Muy R. P. Minsitro Provincial Recibì La Carta De V. P. M. R. De 3 De Febrero De Este Año De 1735 Previniendome En Ella, Que El Señor Governador, Y Capitan General, a Pedimento De El Juzgado De Indios De Esta Provincia, Le Han Notificado Un Auto, En Que Manda Se Quiten Totalmente Los Indios Del Servicio De Los Conventos, E Iglesias, ò Los Reduce, En La Parte Que Mas, a Seis Cantores, Dos Sacristanes, Dos Fiscales, Y Tres Indios De Servicio. s.l.: s.n.,] 17--.
Cita MLA (8a ed.)[Muy R. P. Minsitro Provincial Recibì La Carta De V. P. M. R. De 3 De Febrero De Este Año De 1735 Previniendome En Ella, Que El Señor Governador, Y Capitan General, a Pedimento De El Juzgado De Indios De Esta Provincia, Le Han Notificado Un Auto, En Que Manda Se Quiten Totalmente Los Indios Del Servicio De Los Conventos, E Iglesias, ò Los Reduce, En La Parte Que Mas, a Seis Cantores, Dos Sacristanes, Dos Fiscales, Y Tres Indios De Servicio.