Por Antonio Niño, y su curador ad litem. Con doña Maria de Angulo, viuda de Bernardo de Sequeyra, cavallero del habito de Christus, y los frayles minimos de nuestra señora de la Vitoria de la dicha ciudad. [Pretende el dicho Antonio Niño, que le ha de confirmar la sentencia de la justicia ordinaria de la ciudad de Salamanca, y su acompañado, por la qual declararon por valida la donacion que hizo en su favor del dicho Antonio Niño, la dicha doña Maria de Angulo, de tres mil ducados, y le ampararon en la possession de los bienes que tenia de la dicha donacio[n] y declararon por ninguna la revocacio[n] que de la dicha donacio[n] avia hecho la dicha doña Maria de Angulo