Por el Dean y Cabildo de la Santa Iglesia Cathedral, Metropolitana de Mexico sobre que sus prebendados se mantengan en sus assientos en el coro, segun la ereccion de ella, sin que deba incorporarse el provisor, que no fuere prebendado, en fuerça de la Ley Real de Indias; como ni en otro acto en que aya forma de Cabildo. Motivos porque contradixo el lugar, que violenta, y atentadamente pretendiò el Provisor el dia del Corpus 15 de junio del año passado de 1724 estandose actualmente viendo el punto en el Real Acuerdo extraordinario. Formo esta defensa de mandato de dicho señor Dean, y Cabildo el Doctor Don Francisco Rodriguez Navarijo, Doctor en ambos derechos, y Prebendado de la misma Santa Iglesia Metropolitana, Mexico, y julio 20 de 1724