Caso: Se duda si los examinadores sinodales en la calificación de los opositores a los beneficios parroquiales están obligados, por razón de su oficio, a manifestar a los obispos con expresión particular e individual no solamente los dignos e idóneos sino también los más dignos y más idóneos de los que pretenden lo beneficios.
Cita Chicago Style (17a ed.)Caso: Se Duda Si Los Examinadores Sinodales En La Calificación De Los Opositores a Los Beneficios Parroquiales Están Obligados, Por Razón De Su Oficio, a Manifestar a Los Obispos Con Expresión Particular E Individual No Solamente Los Dignos E Idóneos Sino También Los Más Dignos Y Más Idóneos De Los Que Pretenden Lo Beneficios. s.l., s.f.
Cita MLA (8a ed.)Caso: Se Duda Si Los Examinadores Sinodales En La Calificación De Los Opositores a Los Beneficios Parroquiales Están Obligados, Por Razón De Su Oficio, a Manifestar a Los Obispos Con Expresión Particular E Individual No Solamente Los Dignos E Idóneos Sino También Los Más Dignos Y Más Idóneos De Los Que Pretenden Lo Beneficios.