Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El Escmo. Sr. gobernador del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "El gobernador del Estado de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que el congreso del mismo ha decretado lo siguiente. Decreto núm 33. El congreso noveno constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Si por la actual epidemia del cólera, u otras circunstancias de los pueblos, no pudiere el gobierno ejecutar el decreto núm. 18 sobre escuelas normales, formará un expediente instructivo sobre las dificultades que pulsare, y con él dará cuenta al congreso en sus sesiones ordinarias de 1851, indicando las reformas que juzgue convenientes. Lo tendrá entendido el gobernador del Estado, y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 13 de septiembre de 1850... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, septiembre 14 de 1850... Dios y libertad. Oaxaca, septiembre 14 de 1850
por: Juárez, Benito, 1806-1872