Nueva España (Reino) & Sarmiento y Valladares, J. Ordenanza del corregidor y regidores diputados de la junta del posito, y alhondiga de la nobilisíma ciudad &c. para que ninguna persona de qualquier estado, calidad, y condicion, que sea, pueda vender, ni venta maìzes en tiendas, casas, calles, plazas, ò puestos particulares. Que todos vengan en derechura á esta Alhondiga. Que los de la provincia de Chalco no se pongan en Coleturía de la Santa Iglesia por los labradores. Y que las canoas trahigan boletas de los dueños, ó administradores de los embarcaderos, y las requas de las justicias, sin que por ellas lleven derechos algunos, baxo las penas que incluye, y que se sacaràn irremissiblemente.
Cita Chicago Style (17a ed.)Nueva España (Reino) y José Sarmiento y Valladares. Ordenanza Del Corregidor Y Regidores Diputados De La Junta Del Posito, Y Alhondiga De La Nobilisíma Ciudad &c. Para Que Ninguna Persona De Qualquier Estado, Calidad, Y Condicion, Que Sea, Pueda Vender, Ni Venta Maìzes En Tiendas, Casas, Calles, Plazas, ò Puestos Particulares. Que Todos Vengan En Derechura á Esta Alhondiga. Que Los De La Provincia De Chalco No Se Pongan En Coleturía De La Santa Iglesia Por Los Labradores. Y Que Las Canoas Trahigan Boletas De Los Dueños, ó Administradores De Los Embarcaderos, Y Las Requas De Las Justicias, Sin Que Por Ellas Lleven Derechos Algunos, Baxo Las Penas Que Incluye, Y Que Se Sacaràn Irremissiblemente. [México] : s.n., 1700.
Cita MLA (8a ed.)Nueva España (Reino) y José Sarmiento y Valladares. Ordenanza Del Corregidor Y Regidores Diputados De La Junta Del Posito, Y Alhondiga De La Nobilisíma Ciudad &c. Para Que Ninguna Persona De Qualquier Estado, Calidad, Y Condicion, Que Sea, Pueda Vender, Ni Venta Maìzes En Tiendas, Casas, Calles, Plazas, ò Puestos Particulares. Que Todos Vengan En Derechura á Esta Alhondiga. Que Los De La Provincia De Chalco No Se Pongan En Coleturía De La Santa Iglesia Por Los Labradores. Y Que Las Canoas Trahigan Boletas De Los Dueños, ó Administradores De Los Embarcaderos, Y Las Requas De Las Justicias, Sin Que Por Ellas Lleven Derechos Algunos, Baxo Las Penas Que Incluye, Y Que Se Sacaràn Irremissiblemente.