Cita APA (7a ed.)

En el artículo de oficio de la Gaceta de Madrid no. 58 de 30 de marzo de 1820 consta el decreto siguiente: El rei ha expedido el decreto sobre el cumplimiento de la Constitucion política de la Monarquía, de no hacerlo será indigno de la consideracion de español; queda en el mismo hecho destruido de todos los honores, empleos, emolumentos y prerogativas procedentes de la potestad civil, y debe ser separado del territorio de la Monarquía, y sufrir ademas la ocupacion de las temporalidades, si fuese eclesiástico. En Palacio á 26 de marzo de 1820.

Cita Chicago Style (17a ed.)

En El Artículo De Oficio De La Gaceta De Madrid No. 58 De 30 De Marzo De 1820 Consta El Decreto Siguiente: El Rei Ha Expedido El Decreto Sobre El Cumplimiento De La Constitucion Política De La Monarquía, De No Hacerlo Será Indigno De La Consideracion De Español; Queda En El Mismo Hecho Destruido De Todos Los Honores, Empleos, Emolumentos Y Prerogativas Procedentes De La Potestad Civil, Y Debe Ser Separado Del Territorio De La Monarquía, Y Sufrir Ademas La Ocupacion De Las Temporalidades, Si Fuese Eclesiástico. En Palacio á 26 De Marzo De 1820. reimpreso en Veracruz y en Puebla : en el Oratorio de S. Felipe Neri, 1820.

Cita MLA (8a ed.)

En El Artículo De Oficio De La Gaceta De Madrid No. 58 De 30 De Marzo De 1820 Consta El Decreto Siguiente: El Rei Ha Expedido El Decreto Sobre El Cumplimiento De La Constitucion Política De La Monarquía, De No Hacerlo Será Indigno De La Consideracion De Español; Queda En El Mismo Hecho Destruido De Todos Los Honores, Empleos, Emolumentos Y Prerogativas Procedentes De La Potestad Civil, Y Debe Ser Separado Del Territorio De La Monarquía, Y Sufrir Ademas La Ocupacion De Las Temporalidades, Si Fuese Eclesiástico. En Palacio á 26 De Marzo De 1820.

Precaución: Estas citas no son 100% exactas.