Puebla. Leyes, decretos, etc, & Romero Vargas, I. Decreto de la 2a. Asamblea General dirigido a Ignacio Romero Vargas, gobernador constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, a sus habitantes sobre varios artículos, de los cuales el 1° es: Con objeto de fomentar la instruccion pública y de atender todos los habitantes del Estado, se establece un impuesto que se dominará "Contribucion civil", y que pagarán todos los habitantes del estado, que subsistan de su capital ó trabajo, desde la edad de diez y ocho años. Puebla de Zaragoza, abril 10 de 1875.
Cita Chicago Style (17a ed.)Puebla. Leyes, decretos, etc, y Ignacio Romero Vargas. Decreto De La 2a. Asamblea General Dirigido a Ignacio Romero Vargas, Gobernador Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Puebla, a Sus Habitantes Sobre Varios Artículos, De Los Cuales El 1° Es: Con Objeto De Fomentar La Instruccion Pública Y De Atender Todos Los Habitantes Del Estado, Se Establece Un Impuesto Que Se Dominará "Contribucion Civil", Y Que Pagarán Todos Los Habitantes Del Estado, Que Subsistan De Su Capital ó Trabajo, Desde La Edad De Diez Y Ocho Años. Puebla De Zaragoza, Abril 10 De 1875. Puebla : imprenta del Hospicio, 1875.
Cita MLA (8a ed.)Puebla. Leyes, decretos, etc, y Ignacio Romero Vargas. Decreto De La 2a. Asamblea General Dirigido a Ignacio Romero Vargas, Gobernador Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Puebla, a Sus Habitantes Sobre Varios Artículos, De Los Cuales El 1° Es: Con Objeto De Fomentar La Instruccion Pública Y De Atender Todos Los Habitantes Del Estado, Se Establece Un Impuesto Que Se Dominará "Contribucion Civil", Y Que Pagarán Todos Los Habitantes Del Estado, Que Subsistan De Su Capital ó Trabajo, Desde La Edad De Diez Y Ocho Años. Puebla De Zaragoza, Abril 10 De 1875.