Describir: El C. Francisco G. de Cosío, gobernador constitucional del estado libre soberano de Querétaro Arteaga, a todos los habitantes del mismo, sabed que: el Congreso del estado de Querétaro Arteaga, en uso de sus facultades, decreta: número 1 artículo único. Se adiciona el artículo 86 de la ley reglamentaria del registro público de la propiedad con la siguiente fracción... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y observe. Palacio de Gobierno, Querétaro, diciembre 4 de 1897 Francisco G. de Cosío Antonio E. Hernández, secretario