Guanajuato (México). Leyes, decretos, etc. Arancel de los honorarios y derechos judiciales que se han de cobrar en el departamento de Guanajuato, por los secretarios y empleados de su Tribunal Superior, jueces de primera instancia, alcaldes, jueces de paz, escribanos, abogados, procuradores de número o apoderados particulares, y demás curiales o personas que pueden intervenir en los juicios; mandado observar por la Suprema Corte de Justicia de la República Mexicana, conforme a lo prevenido en el art. 55 de la ley de 23 de mayo de 1837 (Edición del periódico oficial.).
Cita Chicago Style (17a ed.)Guanajuato (México). Leyes, decretos, etc. Arancel De Los Honorarios Y Derechos Judiciales Que Se Han De Cobrar En El Departamento De Guanajuato, Por Los Secretarios Y Empleados De Su Tribunal Superior, Jueces De Primera Instancia, Alcaldes, Jueces De Paz, Escribanos, Abogados, Procuradores De Número O Apoderados Particulares, Y Demás Curiales O Personas Que Pueden Intervenir En Los Juicios; Mandado Observar Por La Suprema Corte De Justicia De La República Mexicana, Conforme a Lo Prevenido En El Art. 55 De La Ley De 23 De Mayo De 1837. Edición del periódico oficial. Guanajuato : imprenta del estado a cargo de Rafael Martínez, 1883.
Cita MLA (8a ed.)Guanajuato (México). Leyes, decretos, etc. Arancel De Los Honorarios Y Derechos Judiciales Que Se Han De Cobrar En El Departamento De Guanajuato, Por Los Secretarios Y Empleados De Su Tribunal Superior, Jueces De Primera Instancia, Alcaldes, Jueces De Paz, Escribanos, Abogados, Procuradores De Número O Apoderados Particulares, Y Demás Curiales O Personas Que Pueden Intervenir En Los Juicios; Mandado Observar Por La Suprema Corte De Justicia De La República Mexicana, Conforme a Lo Prevenido En El Art. 55 De La Ley De 23 De Mayo De 1837. Edición del periódico oficial.