Orozco, J. L. d., Ávalos Bracamonte, . A. d., Espinosa, C., & Espinosa de los Monteros, A. d. Por el Lic. Juan Leonardo de Orozco, Presbytero, vezino, y domiciliario del obispado de Michoacàn; con Don Alonso de Avalos Bracamonte, Conde de Miravalle, vezino, y Canciller mayor del Tribunal de la santa Cruzada de la Ciudad de Mexico, como marido, y conjunta persona de Doña Catalina de Espinosa, su muger, uno de los hijos, y herederos de Don Alonso de Espinos de los Monteros, vezino, y Alguacil mayor, que fue del Tribunal de la santa Cruzada de dicha ciudad: Sobre que se declare no aver avido lugar, ni debidose admitir el tanteo hecho del dicho oficio de Alguacil mayor por los dichos D. Alonso de Avalos, y Doña Catalina de Espinosa su muger, y por nula la adjudicacion, que del dicho oficio se hizo, y possesion que del se dio al dicho Don Alonso de Avalos, y que se apruebe el remate hecho de dicho oficio en el dicho Lic. Don Juan Leonardo de Orozco, y que en su consequencia se le de la possesion dél.
Cita Chicago Style (17a ed.)Orozco, Juan Leonardo de, Alonso de Ávalos Bracamonte, Catalina Espinosa, y Alonso de Espinosa de los Monteros. Por El Lic. Juan Leonardo De Orozco, Presbytero, Vezino, Y Domiciliario Del Obispado De Michoacàn; Con Don Alonso De Avalos Bracamonte, Conde De Miravalle, Vezino, Y Canciller Mayor Del Tribunal De La Santa Cruzada De La Ciudad De Mexico, Como Marido, Y Conjunta Persona De Doña Catalina De Espinosa, Su Muger, Uno De Los Hijos, Y Herederos De Don Alonso De Espinos De Los Monteros, Vezino, Y Alguacil Mayor, Que Fue Del Tribunal De La Santa Cruzada De Dicha Ciudad: Sobre Que Se Declare No Aver Avido Lugar, Ni Debidose Admitir El Tanteo Hecho Del Dicho Oficio De Alguacil Mayor Por Los Dichos D. Alonso De Avalos, Y Doña Catalina De Espinosa Su Muger, Y Por Nula La Adjudicacion, Que Del Dicho Oficio Se Hizo, Y Possesion Que Del Se Dio Al Dicho Don Alonso De Avalos, Y Que Se Apruebe El Remate Hecho De Dicho Oficio En El Dicho Lic. Don Juan Leonardo De Orozco, Y Que En Su Consequencia Se Le De La Possesion Dél. s.l. : s.n., s.a.
Cita MLA (8a ed.)Orozco, Juan Leonardo de, et al. Por El Lic. Juan Leonardo De Orozco, Presbytero, Vezino, Y Domiciliario Del Obispado De Michoacàn; Con Don Alonso De Avalos Bracamonte, Conde De Miravalle, Vezino, Y Canciller Mayor Del Tribunal De La Santa Cruzada De La Ciudad De Mexico, Como Marido, Y Conjunta Persona De Doña Catalina De Espinosa, Su Muger, Uno De Los Hijos, Y Herederos De Don Alonso De Espinos De Los Monteros, Vezino, Y Alguacil Mayor, Que Fue Del Tribunal De La Santa Cruzada De Dicha Ciudad: Sobre Que Se Declare No Aver Avido Lugar, Ni Debidose Admitir El Tanteo Hecho Del Dicho Oficio De Alguacil Mayor Por Los Dichos D. Alonso De Avalos, Y Doña Catalina De Espinosa Su Muger, Y Por Nula La Adjudicacion, Que Del Dicho Oficio Se Hizo, Y Possesion Que Del Se Dio Al Dicho Don Alonso De Avalos, Y Que Se Apruebe El Remate Hecho De Dicho Oficio En El Dicho Lic. Don Juan Leonardo De Orozco, Y Que En Su Consequencia Se Le De La Possesion Dél.