Cita APA (7a ed.)

Agustinos & Esquivel y Vargas, A. Representacion de los fundamentos de hecho, y derecho que assisten a los Conventos de la Ciudad de Zelaya, y Pueblo de Yuririapundaro, de religiosos hermitaños de el Orden de San Augustin, de la Provincia de San Nicolas Tolentino de Michoacan: En el pleyto que en la Real Audiencia de esta Nueva España, siguen con los albaceas, herederos, y demas succesores de D. Antonio de Esquibel, y Vargas, difunto, vezino, que fue de Salvatierra. Sobre que se declare por nula la cession de una hazienda, nombrada Santo Thomas, y un empeño de plata labrada, y que en sus consequencias se ampare, o al menos se restituya dicha hazienda con todos los frutos percebidos a dicho Convento de Zelaya, a quien pertenece, y la cantidad de tres mil pesos de dicho empeño, como indevidamente pagada, se buelva al del Pueblo de Yuririapundaro, de quien es dicha plata labrada.

Cita Chicago Style (17a ed.)

Agustinos y Antonio Esquivel y Vargas. Representacion De Los Fundamentos De Hecho, Y Derecho Que Assisten a Los Conventos De La Ciudad De Zelaya, Y Pueblo De Yuririapundaro, De Religiosos Hermitaños De El Orden De San Augustin, De La Provincia De San Nicolas Tolentino De Michoacan: En El Pleyto Que En La Real Audiencia De Esta Nueva España, Siguen Con Los Albaceas, Herederos, Y Demas Succesores De D. Antonio De Esquibel, Y Vargas, Difunto, Vezino, Que Fue De Salvatierra. Sobre Que Se Declare Por Nula La Cession De Una Hazienda, Nombrada Santo Thomas, Y Un Empeño De Plata Labrada, Y Que En Sus Consequencias Se Ampare, O Al Menos Se Restituya Dicha Hazienda Con Todos Los Frutos Percebidos a Dicho Convento De Zelaya, a Quien Pertenece, Y La Cantidad De Tres Mil Pesos De Dicho Empeño, Como Indevidamente Pagada, Se Buelva Al Del Pueblo De Yuririapundaro, De Quien Es Dicha Plata Labrada. en Mexico : por los herederos de la viuda de Miguel de Rivera, en el Empedradillo, s.a.

Cita MLA (8a ed.)

Agustinos y Antonio Esquivel y Vargas. Representacion De Los Fundamentos De Hecho, Y Derecho Que Assisten a Los Conventos De La Ciudad De Zelaya, Y Pueblo De Yuririapundaro, De Religiosos Hermitaños De El Orden De San Augustin, De La Provincia De San Nicolas Tolentino De Michoacan: En El Pleyto Que En La Real Audiencia De Esta Nueva España, Siguen Con Los Albaceas, Herederos, Y Demas Succesores De D. Antonio De Esquibel, Y Vargas, Difunto, Vezino, Que Fue De Salvatierra. Sobre Que Se Declare Por Nula La Cession De Una Hazienda, Nombrada Santo Thomas, Y Un Empeño De Plata Labrada, Y Que En Sus Consequencias Se Ampare, O Al Menos Se Restituya Dicha Hazienda Con Todos Los Frutos Percebidos a Dicho Convento De Zelaya, a Quien Pertenece, Y La Cantidad De Tres Mil Pesos De Dicho Empeño, Como Indevidamente Pagada, Se Buelva Al Del Pueblo De Yuririapundaro, De Quien Es Dicha Plata Labrada.

Precaución: Estas citas no son 100% exactas.