Describir: Nos el Dr. Don Alonso Nuñez de Haro y Peralta por la gracia de Dios y de la santa sede apostólica, arzobispo de México, del Consejo de S. M. &c. A nuestro amado y venerable clero seuclar, y á todos los fieles de este arzobispado, de qualquier estado, calidad y condicion que sean, á quienes lo contenido en este edicto toque, ó tocar pueda en alguna manera, salud, paz, y gracia en nuestro Señor Jesuchristo. Hacemos saber: que en execucion de la Real Orden de 15 de septiembre de 1776 sobre que procurásemos desterrar y desarraigar de la ignoracia de los pueblos el comun y envejecido error propagado en ellos, por la falsa y detestable doctrina que enseña no se gravan las conciencias, ni queda obligacion á restituir lo que se defrauda al Real Erario por el contrabando... Dado en nuestro Palacio Arzobispal de la Villa de Tacubaya, firmado de Nos, sellado con el sello de nuestras armas, y refrendado del infrascripto nuestro Secretario de Cámara y Gobierno á diez y seis de abirl de mil setecientos y noventa años. Alonso Arzobispo de México <rúbrica>. Por mandado de S. Exâ. el Arzobispo mi Señor <rúbrica>