Nueva España (Reino). El Rey. Por quanto con el fin de evitar los contratos de esponsales, y matrimonios, que se executaban por los menores, é hijos de familias sin consejo de sus padres, abuelos, deudos, ó tutores, de que resultaban graves ofensas á Dios nuestro Señor, discordias en las familias, escandalos, y otros gravisimos inconvenientes en lo moral, y político, tuve por conveniente establecer en estos mis reynos, y dominios de España la pragmatica sancion de veinte y tres de marzo de mil setecientos setenta y seis, que es del tenor siguiente... En la ciudad de México a tres de junio de mil setecientos ochenta y dos.
Cita Chicago Style (17a ed.)Nueva España (Reino). El Rey. Por Quanto Con El Fin De Evitar Los Contratos De Esponsales, Y Matrimonios, Que Se Executaban Por Los Menores, é Hijos De Familias Sin Consejo De Sus Padres, Abuelos, Deudos, ó Tutores, De Que Resultaban Graves Ofensas á Dios Nuestro Señor, Discordias En Las Familias, Escandalos, Y Otros Gravisimos Inconvenientes En Lo Moral, Y Político, Tuve Por Conveniente Establecer En Estos Mis Reynos, Y Dominios De España La Pragmatica Sancion De Veinte Y Tres De Marzo De Mil Setecientos Setenta Y Seis, Que Es Del Tenor Siguiente... En La Ciudad De México a Tres De Junio De Mil Setecientos Ochenta Y Dos. s.l. : s.n., ca. 1782-1783.
Cita MLA (8a ed.)Nueva España (Reino). El Rey. Por Quanto Con El Fin De Evitar Los Contratos De Esponsales, Y Matrimonios, Que Se Executaban Por Los Menores, é Hijos De Familias Sin Consejo De Sus Padres, Abuelos, Deudos, ó Tutores, De Que Resultaban Graves Ofensas á Dios Nuestro Señor, Discordias En Las Familias, Escandalos, Y Otros Gravisimos Inconvenientes En Lo Moral, Y Político, Tuve Por Conveniente Establecer En Estos Mis Reynos, Y Dominios De España La Pragmatica Sancion De Veinte Y Tres De Marzo De Mil Setecientos Setenta Y Seis, Que Es Del Tenor Siguiente... En La Ciudad De México a Tres De Junio De Mil Setecientos Ochenta Y Dos.