Decreto emanado por el C. Benito Juárez, gobernador constitucional del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo que sigue. Decreto N. 51 El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° Se establece una contribución sobre títulos de profesores y despachos de empleados civiles y eclesiásticos, y demás funcionarios públicos que no sean de nombramiento de colegio electoral. Esta contribución se pagará en la tesorería general en la proporción siguiente. 2° Por los títulos de abogados, médicos y escribanos, cincuenta pesos. Palacio del gobierno de Oaxaca, octubre 1° de 1849. Benito Juárez. Por enfermedad del Sr. secretario, Vicente Tatua, oficial primero
por: Juárez, Benito, 1806-1872