Cita APA (7a ed.)

Discurso juridico en defensa de la jurisdiccion, que el Illmo. Prelado, y cabildo de esta, y las demàs Iglesias tiene; y por su comission los juezes hazedores, que conforme a sus erecciones, se nombran, y señalan, para entender en la recaudacion de los diezmos, y demàs rentas, que à dichas Santas Iglesias perteneces. Diò motivo a su formacion el recurso, que por via de fuerza en conocer, y proceder, introduxo en la Real Audiencia, la parte de la Sagrada Compañia de Jesus, sobre precissarle por los juezes hazedores, à la paga integra de los diezmos, que causa en las haziendad de labor, y ganado; y en los ingenios, y trapiches, que possee en el arzobispado. Y el que haviendose declarado por la Real Audiencia, no hazerla los juezes hazedores de diezmos en su recaudacion, y cobranza por los medios juridicos, y canonicos de censuras, interventores, y demàs dispuestos por derecho, segun la necessidad, y ocurrente caso: Devolviendoseles los autos -- Se interpuso inmediatamente el remedio de apelacion, de el en que dichos juezes hazedores proveyeron, para que se llevasse à debido efecto el antecedente, que diò ocasion à el primero recurso: y haverse declarado; assi mismo, por la Real Audiencia, no tener lugar el nuevamente intentado. Proponense los fundamentos, que el corto ingenio del orador concibe, bastantes à calificar la justicia de lo determinado.

Cita Chicago Style (17a ed.)

Discurso Juridico En Defensa De La Jurisdiccion, Que El Illmo. Prelado, Y Cabildo De Esta, Y Las Demàs Iglesias Tiene; Y Por Su Comission Los Juezes Hazedores, Que Conforme a Sus Erecciones, Se Nombran, Y Señalan, Para Entender En La Recaudacion De Los Diezmos, Y Demàs Rentas, Que à Dichas Santas Iglesias Perteneces. Diò Motivo a Su Formacion El Recurso, Que Por via De Fuerza En Conocer, Y Proceder, Introduxo En La Real Audiencia, La Parte De La Sagrada Compañia De Jesus, Sobre Precissarle Por Los Juezes Hazedores, à La Paga Integra De Los Diezmos, Que Causa En Las Haziendad De Labor, Y Ganado; Y En Los Ingenios, Y Trapiches, Que Possee En El Arzobispado. Y El Que Haviendose Declarado Por La Real Audiencia, No Hazerla Los Juezes Hazedores De Diezmos En Su Recaudacion, Y Cobranza Por Los Medios Juridicos, Y Canonicos De Censuras, Interventores, Y Demàs Dispuestos Por Derecho, Segun La Necessidad, Y Ocurrente Caso: Devolviendoseles Los Autos -- Se Interpuso Inmediatamente El Remedio De Apelacion, De El En Que Dichos Juezes Hazedores Proveyeron, Para Que Se Llevasse à Debido Efecto El Antecedente, Que Diò Ocasion à El Primero Recurso: Y Haverse Declarado; Assi Mismo, Por La Real Audiencia, No Tener Lugar El Nuevamente Intentado. Proponense Los Fundamentos, Que El Corto Ingenio Del Orador Concibe, Bastantes à Calificar La Justicia De Lo Determinado. en Mexico : en la Imprenta Real de el Superior Gobierno, y de el Nuevo Rezado de Doña Maria de Ribera, en el Empedradillo, 1735.

Cita MLA (8a ed.)

Discurso Juridico En Defensa De La Jurisdiccion, Que El Illmo. Prelado, Y Cabildo De Esta, Y Las Demàs Iglesias Tiene; Y Por Su Comission Los Juezes Hazedores, Que Conforme a Sus Erecciones, Se Nombran, Y Señalan, Para Entender En La Recaudacion De Los Diezmos, Y Demàs Rentas, Que à Dichas Santas Iglesias Perteneces. Diò Motivo a Su Formacion El Recurso, Que Por via De Fuerza En Conocer, Y Proceder, Introduxo En La Real Audiencia, La Parte De La Sagrada Compañia De Jesus, Sobre Precissarle Por Los Juezes Hazedores, à La Paga Integra De Los Diezmos, Que Causa En Las Haziendad De Labor, Y Ganado; Y En Los Ingenios, Y Trapiches, Que Possee En El Arzobispado. Y El Que Haviendose Declarado Por La Real Audiencia, No Hazerla Los Juezes Hazedores De Diezmos En Su Recaudacion, Y Cobranza Por Los Medios Juridicos, Y Canonicos De Censuras, Interventores, Y Demàs Dispuestos Por Derecho, Segun La Necessidad, Y Ocurrente Caso: Devolviendoseles Los Autos -- Se Interpuso Inmediatamente El Remedio De Apelacion, De El En Que Dichos Juezes Hazedores Proveyeron, Para Que Se Llevasse à Debido Efecto El Antecedente, Que Diò Ocasion à El Primero Recurso: Y Haverse Declarado; Assi Mismo, Por La Real Audiencia, No Tener Lugar El Nuevamente Intentado. Proponense Los Fundamentos, Que El Corto Ingenio Del Orador Concibe, Bastantes à Calificar La Justicia De Lo Determinado.

Precaución: Estas citas no son 100% exactas.