Describir: Ordenanza de S. M. en que se previene, y establece el recogimiento de vagos, y mal-entretenidos, por medio de levas anuales, y se encarga á las justicias ordinarias, salas, y audiencias criminales el orden judicial, que deben observar, y los quatro depósitos, á donde deben remitirse los que fueren aptos para las armas: derogando todo fuero, y ordenanzas contrarias á lo que se dispone en ésta, con lo demás que en ella por menor se expresa