En conseqüencia de lo prevenido en el articulo ciento y setenta y quatro de la Ordenanza de intendentes, remitió el de Buenos Ayres con carta de cuatro de agosto de mil setecientos ochenta y quatro el quadrante de diezmos del arzobispado de Charcas, perteneciente al año anterior de mil setecientos ochenta y tres, y en su vista me hizo presente el contador general de mi Consejo de las Indias... cumplan y executen, y hagan guardar, cumplir, y executar puntual y efectivamente. Y de esta Cédula se tomará razon en la Contaduría General del expresado mi Consejo. fecha en [S. Yldefonso] á [veinte y tres] de [Agosto] de mil setecientos ochenta y seis [Yo el Rey. Por mandado del Rey nro. sor. Dn. Manuel N...]

En conseqüencia de lo prevenido en el articulo ciento y setenta y quatro de la Ordenanza de intendentes, remitió el de Buenos Ayres con carta de cuatro de agosto de mil setecientos ochenta y quatro el quadrante de diezmos del arzobispado de Charcas, perteneciente al año anterior de mil setecientos ochenta y tres, y en su vista me hizo presente el contador general de mi Consejo de las Indias... cumplan y executen, y hagan guardar, cumplir, y executar puntual y efectivamente. Y de esta Cédula se tomará razon en la Contaduría General del expresado mi Consejo. fecha en [S. Yldefonso] á [veinte y tres] de [Agosto] de mil setecientos ochenta y seis [Yo el Rey. Por mandado del Rey nro. sor. Dn. Manuel N...]

Detalles Bibliográficos
Autor Corporativo: España. Leyes, decretos, etc
Otros Autores: Carlos III, rey de España, 1716-1788
Formato: Libro
Lenguaje:Spanish
Publicado: s.l. : s.n., ca. 1786.
Materias:
Colección:Banco de datos
Acervo:Seminario Conciliar de Nuestra Señora de Guadalupe Querétaro. Qro.. Biblioteca Florencio Rosas. Fondo Reservado
Descripción Física:[4] h. ; f°
Tema general:Derecho civil
Notas:Texto a renglón seguido con signaturas

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