[Antonio de León, general de brigada, gobernador constitucional y comandante general del Departamento de Oaxaca, a todos sus habitantes, hago saber: Que la honorable asamblea del mismo ha decretado lo siguiente. La asamblea departamental de Oaxaca, en uso de la facultad 12° que le concede el art. 134 de las bases orgánicas, y para que tenga su efecto la parte 8° del art. 34 del decreto del supremo gobierno de 11 de julio de 1843 ... Oaxaca, julio 18 de 1844.
Cita Chicago Style (17a ed.)[Antonio De León, General De Brigada, Gobernador Constitucional Y Comandante General Del Departamento De Oaxaca, a Todos Sus Habitantes, Hago Saber: Que La Honorable Asamblea Del Mismo Ha Decretado Lo Siguiente. La Asamblea Departamental De Oaxaca, En Uso De La Facultad 12° Que Le Concede El Art. 134 De Las Bases Orgánicas, Y Para Que Tenga Su Efecto La Parte 8° Del Art. 34 Del Decreto Del Supremo Gobierno De 11 De Julio De 1843 ... Oaxaca, Julio 18 De 1844. Oaxaca : s.n.], 1844.
Cita MLA (8a ed.)[Antonio De León, General De Brigada, Gobernador Constitucional Y Comandante General Del Departamento De Oaxaca, a Todos Sus Habitantes, Hago Saber: Que La Honorable Asamblea Del Mismo Ha Decretado Lo Siguiente. La Asamblea Departamental De Oaxaca, En Uso De La Facultad 12° Que Le Concede El Art. 134 De Las Bases Orgánicas, Y Para Que Tenga Su Efecto La Parte 8° Del Art. 34 Del Decreto Del Supremo Gobierno De 11 De Julio De 1843 ... Oaxaca, Julio 18 De 1844.