Juárez, B. Decreto emanado por el presidente de la República Lic. Benito Juárez. Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. Sección primera.- justicia. El ciudadano gobernador del Estado, ha servido dirigirme el decreto siguiente: Felix Diaz, general de brigada, y gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a sus habitantes, sabed: que por el ministerio de justicia e instrucción pública, se me ha comunicado el siguiente decreto: Ministerio de Justicia e Instrucción Pública.- Sección 1°. El ciudadano presidente de la República se ha servido dirigirme el decreto que sigue: Benito Juárez presidente constitucional de los Estados Unidos mexicanos, a todos sus habitantes, sabed: que el congreso de la Unión ha tenido a bien decretar lo siguiente: El congreso de la Unión decreta la siguiente ley orgánica de los artículos 101 y 102 de la Constitución. Capítulo I. Introducción del recurso de amparo y suspensión del acto reclamado. Artículo 1° Los tribunales de la Federación resolverán toda controversia que se suscite: i. Por leyes o actos de cualquiera autoridad, que violen las garantías individuales... Patria y libertad. Oaxaca, febrero 17 de 1869.
Cita Chicago Style (17a ed.)Juárez, Benito. Decreto Emanado Por El Presidente De La República Lic. Benito Juárez. Secretaría Del Gobierno Del Estado De Oaxaca. Sección Primera.- Justicia. El Ciudadano Gobernador Del Estado, Ha Servido Dirigirme El Decreto Siguiente: Felix Diaz, General De Brigada, Y Gobernador Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca, a Sus Habitantes, Sabed: Que Por El Ministerio De Justicia E Instrucción Pública, Se Me Ha Comunicado El Siguiente Decreto: Ministerio De Justicia E Instrucción Pública.- Sección 1°. El Ciudadano Presidente De La República Se Ha Servido Dirigirme El Decreto Que Sigue: Benito Juárez Presidente Constitucional De Los Estados Unidos Mexicanos, a Todos Sus Habitantes, Sabed: Que El Congreso De La Unión Ha Tenido a Bien Decretar Lo Siguiente: El Congreso De La Unión Decreta La Siguiente Ley Orgánica De Los Artículos 101 Y 102 De La Constitución. Capítulo I. Introducción Del Recurso De Amparo Y Suspensión Del Acto Reclamado. Artículo 1° Los Tribunales De La Federación Resolverán Toda Controversia Que Se Suscite: I. Por Leyes O Actos De Cualquiera Autoridad, Que Violen Las Garantías Individuales... Patria Y Libertad. Oaxaca, Febrero 17 De 1869. Oaxaca : s.n.,] 1869.
Cita MLA (8a ed.)Juárez, Benito. Decreto Emanado Por El Presidente De La República Lic. Benito Juárez. Secretaría Del Gobierno Del Estado De Oaxaca. Sección Primera.- Justicia. El Ciudadano Gobernador Del Estado, Ha Servido Dirigirme El Decreto Siguiente: Felix Diaz, General De Brigada, Y Gobernador Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca, a Sus Habitantes, Sabed: Que Por El Ministerio De Justicia E Instrucción Pública, Se Me Ha Comunicado El Siguiente Decreto: Ministerio De Justicia E Instrucción Pública.- Sección 1°. El Ciudadano Presidente De La República Se Ha Servido Dirigirme El Decreto Que Sigue: Benito Juárez Presidente Constitucional De Los Estados Unidos Mexicanos, a Todos Sus Habitantes, Sabed: Que El Congreso De La Unión Ha Tenido a Bien Decretar Lo Siguiente: El Congreso De La Unión Decreta La Siguiente Ley Orgánica De Los Artículos 101 Y 102 De La Constitución. Capítulo I. Introducción Del Recurso De Amparo Y Suspensión Del Acto Reclamado. Artículo 1° Los Tribunales De La Federación Resolverán Toda Controversia Que Se Suscite: I. Por Leyes O Actos De Cualquiera Autoridad, Que Violen Las Garantías Individuales... Patria Y Libertad. Oaxaca, Febrero 17 De 1869.