Decreto emanado por el Lic. Miguel Castro. Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El ciudadano gobernador del Estado se ha servido dirigirme lo siguiente: "El C. Lic. Miguel Castro, gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos los habitantes del mismo sabed: que en uso de las facultades de que me hallo investido, y en cumplimiento del art. 4° del decreto de 15 de diciembre de 1863, he tenido a bien expedir el siguiente reglamento sobre calificación de capitales mercántiles, industriales y morales, para el pago de las contribuciones directas decretadas y que se decretan en lo sucesivo en el Estado. Independencia, libertad y reforma. Oaxaca, Diciembre 13 de 1863

Decreto emanado por el Lic. Miguel Castro. Secretaría del Gobierno del Estado de Oaxaca. El ciudadano gobernador del Estado se ha servido dirigirme lo siguiente: "El C. Lic. Miguel Castro, gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos los habitantes del mismo sabed: que en uso de las facultades de que me hallo investido, y en cumplimiento del art. 4° del decreto de 15 de diciembre de 1863, he tenido a bien expedir el siguiente reglamento sobre calificación de capitales mercántiles, industriales y morales, para el pago de las contribuciones directas decretadas y que se decretan en lo sucesivo en el Estado. Independencia, libertad y reforma. Oaxaca, Diciembre 13 de 1863

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Castro, Miguel, 1858, 1859, 1867
Formato: Libro
Lenguaje:Spanish
Publicado: Oaxaca : s.n. 1863.
Materias:
Colección:Banco de datos
Acervo:Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección histórica
Descripción Física:8 p. ; 20 cm.
Tema general:Derecho civil
Notas:Texto a renglón seguido con paginación en números arábigos
Descripción
Notas:Texto a renglón seguido con paginación en números arábigos
Descripción Física:8 p. ; 20 cm.