H. y Hernández, F. Decreto emanado por el C. Lic. Francisco H. y Hernández, gobernador Constitucional del Estado libre y soberano de Veracruz Llave, a sus habitantes, sabed: Que el H. Congreso del Estado se ha servido dirigirme el decreto que sigue: Número 148. El Congreso del Estado libre y soberano de Veracruz Llave, en nombre del pueblo, decreta: Artículo único. El Código de procedimientos del Estado comenzará a observarse el día 1° del próximo mes de junio, quedando reformado, en lo relativo al mismo código, el art. 1° del decreto núm. 127 de 18 de diciembre de 1868, que dice: "Los proyectos de Códigos civil, penal y de procedimientos, presentados por el C. Fernando J. Corona, tendrán por este decreto la sanción de ley obligatoria en el Estado, y comenzarán a observarse en la sustanciación y decisión de los negocios judiciales desdes el 5 de mayo de 1869".
Cita Chicago Style (17a ed.)H. y Hernández, Francisco. Decreto Emanado Por El C. Lic. Francisco H. Y Hernández, Gobernador Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Veracruz Llave, a Sus Habitantes, Sabed: Que El H. Congreso Del Estado Se Ha Servido Dirigirme El Decreto Que Sigue: Número 148. El Congreso Del Estado Libre Y Soberano De Veracruz Llave, En Nombre Del Pueblo, Decreta: Artículo único. El Código De Procedimientos Del Estado Comenzará a Observarse El Día 1° Del Próximo Mes De Junio, Quedando Reformado, En Lo Relativo Al Mismo Código, El Art. 1° Del Decreto Núm. 127 De 18 De Diciembre De 1868, Que Dice: "Los Proyectos De Códigos Civil, Penal Y De Procedimientos, Presentados Por El C. Fernando J. Corona, Tendrán Por Este Decreto La Sanción De Ley Obligatoria En El Estado, Y Comenzarán a Observarse En La Sustanciación Y Decisión De Los Negocios Judiciales Desdes El 5 De Mayo De 1869". s.l. : s.n.,] 18--.
Cita MLA (8a ed.)H. y Hernández, Francisco. Decreto Emanado Por El C. Lic. Francisco H. Y Hernández, Gobernador Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Veracruz Llave, a Sus Habitantes, Sabed: Que El H. Congreso Del Estado Se Ha Servido Dirigirme El Decreto Que Sigue: Número 148. El Congreso Del Estado Libre Y Soberano De Veracruz Llave, En Nombre Del Pueblo, Decreta: Artículo único. El Código De Procedimientos Del Estado Comenzará a Observarse El Día 1° Del Próximo Mes De Junio, Quedando Reformado, En Lo Relativo Al Mismo Código, El Art. 1° Del Decreto Núm. 127 De 18 De Diciembre De 1868, Que Dice: "Los Proyectos De Códigos Civil, Penal Y De Procedimientos, Presentados Por El C. Fernando J. Corona, Tendrán Por Este Decreto La Sanción De Ley Obligatoria En El Estado, Y Comenzarán a Observarse En La Sustanciación Y Decisión De Los Negocios Judiciales Desdes El 5 De Mayo De 1869".