Decreto por el C. José Arteaga, gobernador del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes, hago saber: que debiendo dictar las medidas que imperiosamente exigen las escaceses del tesoro del Estado, para proveer a las urgentes necesidades de la administración pública, y teniendo presente que uno de los ramos más productivos y mejor sistematizados, es el de la capacitación aplicada con anterioridad a sus gastos interiores... y finalmente, que habiendo acreditdo la experiencia de algunos años, que todas las otras contribuciones directas que sucesivamente se han establecido, se recaudan mejor bajo la vigencia inmediata de la jefatura de rentas, he venido en decretar lo siguiente. Art. 1° La comisión que el art. 1° del decreto de 31 de agosto de 1844 dió al Escmo. ayuntamiento de esta capital, será del cargo del tesorero director general de rentas del Estado... Dado en el palacio del gobierno del Estado de Oaxaca, a 23 de octubre de 1846
Autor principal: | Arteaga, José Simeón |
---|---|
Formato: | Libro |
Lenguaje: | Spanish |
Publicado: |
Oaxaca : 1846.
|
Materias: | |
Colección: | Banco de datos |
Acervo: | Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección Lic. Benito Juárez García |
Descripción Física: | [1] h. pleg. ; 20 cm. |
Tema general: | Derecho civil |
Notas: | Texto a renglón seguido |
Ejemplares similares
- Sobre el estado de las rentas reales del comercio y derecho que pagan las Indias Orientales y sus variantes determinads por voluntad de Vuestra Magestad
-
Decreto emanado por el C. Benito Juárez, gobernador constitucional del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que para el mejor cumplimiento del decreto número 51 expedido por el soberano congreso del Estado en 29 de septiembre último, mando se observen las prevenciones siguientes. Primera. Todas las autoridades políticas y eclesiásticas del Estado que tengan que expedir despachos, títulos o dar pase a los mismos, no lo verificarán sin que los interesados justifiquen con el recibo del tesorero del Estado que han satisfecho la cuota resepectiva que señala el decreto citado. Palacio del gobierno del Estado de Oaxaca, octubre 18 de 1848. Benito Juárez. Manuel Ruíz, secretario
por: Juárez, Benito, 1806-1872 - Correspondecia sobre el estado del Colegio Auditor en Roma y la renta eclesiástica
-
Origen, progresos y estado de las rentas de la corona de España, su gobierno y administracion
por: Gallardo Fernández, Francisco -
Código de la renta del timbre : colección completa y metódica de todas las disposiciones vigentes sobre renta del timbre, comentadas, concordadas y explicadas / por el Lic. Juan de la Torre diputado al Congreso de la Unión por el Estado de Michoacán
por: Torre, Juan de la