Decreto por el C. José Arteaga, gobernador del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes, hago saber: que el soberano congreso del mismo se ha servido decretar lo que sigue. Núm. 1. "La legislatura del Estado libre y soberano de Oaxaca decreta lo siguiente. El congreso séptimo del Estado de Oaxaca abre sus sesiones hoy día 4 de noviembre de 1846, y declara restablecido el órden constitucional federal del mismo Estado... Dado en el palacio del gobierno del Estado de Oaxaca a 4 de noviembre de 1846
Autor principal: | Arteaga, José Simeón |
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Formato: | Libro |
Lenguaje: | Spanish |
Publicado: |
Oaxaca : 1846.
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Materias: | |
Colección: | Banco de datos |
Acervo: | Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección Lic. Benito Juárez García |
Descripción Física: | [1] h. ; 20 cm. |
Tema general: | Derecho civil |
Notas: | Texto a renglón seguido |
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Decreto por el C. José Arteaga, gobernador del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes, hago saber: que el soberano congreso del mismo se ha servido decretar lo que sigue. Núm. 2. "El congreso séptimo del Estado, en uso de sus facultdes, ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° Es gobernador del Estado libre y soberano de Oaxaca el Escmo. Sr. D. José Arteaga... Dado en el palacio del soberano congreso del Estado a 6 de noviembre de 1846... Por tanto, mando se imprima, publique y circule. Palacio del gobierno del Estado de Oaxaca, noviembre 6 de 1846
por: Arteaga, José Simeón - [Debates. XXVIII Legislatura del Estado libre y soberano de Oaxaca. Congreso Constituyente. Marzo-abril 1922
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Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo siguiente. Decreto NUM. 6. El congreso séptimo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien expedir el decreto que sigue. Art. 1° Se amplia la autorización que contiene el art. 1° del decreto de 21 de noviembre del año próximo pasado al número de fusiles que el gobierno juzgue necesario para la defensa del Estado... Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 3 de noviembre de 1847... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del gobierno de Oaxaca a 4 de noviembre de 1847
por: Juárez, Benito, 1806-1872