Arteaga, J. S. Decreto por el C. José Arteaga, gobernador del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes, hago saber: Que el soberano congreso del mismo se ha servido decretar lo siguiente. Núm. 6. El congreso séptimo constitucional del Estado libre de Oaxaca para celebrar dignamente el tan importante y fausto, como memorable suceso del restablecimiento del sistema federal, por el que los Estados o partes integrantes de la nación recobran su independencia, libertad y soberanía relativa a su gobierno interior, y deseando dar un testimonio plausible de que usa de sus eminentes prerogativas con preferencia a favor de los desgraciados, pero sin destrimento de la seguridad pública y de la moral, se ha servido expedir el decreto que sigue. Art. 1° Se indulta de la pena que por sus delitos merezcan, a los reos presos que están a disposición de los tribunales del Estado, comprendiéndose en esta gracia los que estén rematados y se hallen cumpliendo sus condenas en el mismo Estado... Y para que llegue a noticia de todos, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno del Estado de Oaxaca, diciembre 1° de 1846.
Cita Chicago Style (17a ed.)Arteaga, José Simeón. Decreto Por El C. José Arteaga, Gobernador Del Estado Libre De Oaxaca, a Todos Sus Habitantes, Hago Saber: Que El Soberano Congreso Del Mismo Se Ha Servido Decretar Lo Siguiente. Núm. 6. El Congreso Séptimo Constitucional Del Estado Libre De Oaxaca Para Celebrar Dignamente El Tan Importante Y Fausto, Como Memorable Suceso Del Restablecimiento Del Sistema Federal, Por El Que Los Estados O Partes Integrantes De La Nación Recobran Su Independencia, Libertad Y Soberanía Relativa a Su Gobierno Interior, Y Deseando Dar Un Testimonio Plausible De Que Usa De Sus Eminentes Prerogativas Con Preferencia a Favor De Los Desgraciados, Pero Sin Destrimento De La Seguridad Pública Y De La Moral, Se Ha Servido Expedir El Decreto Que Sigue. Art. 1° Se Indulta De La Pena Que Por Sus Delitos Merezcan, a Los Reos Presos Que Están a Disposición De Los Tribunales Del Estado, Comprendiéndose En Esta Gracia Los Que Estén Rematados Y Se Hallen Cumpliendo Sus Condenas En El Mismo Estado... Y Para Que Llegue a Noticia De Todos, Mando Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Palacio Del Gobierno Del Estado De Oaxaca, Diciembre 1° De 1846. Oaxaca : 1846.
Cita MLA (8a ed.)Arteaga, José Simeón. Decreto Por El C. José Arteaga, Gobernador Del Estado Libre De Oaxaca, a Todos Sus Habitantes, Hago Saber: Que El Soberano Congreso Del Mismo Se Ha Servido Decretar Lo Siguiente. Núm. 6. El Congreso Séptimo Constitucional Del Estado Libre De Oaxaca Para Celebrar Dignamente El Tan Importante Y Fausto, Como Memorable Suceso Del Restablecimiento Del Sistema Federal, Por El Que Los Estados O Partes Integrantes De La Nación Recobran Su Independencia, Libertad Y Soberanía Relativa a Su Gobierno Interior, Y Deseando Dar Un Testimonio Plausible De Que Usa De Sus Eminentes Prerogativas Con Preferencia a Favor De Los Desgraciados, Pero Sin Destrimento De La Seguridad Pública Y De La Moral, Se Ha Servido Expedir El Decreto Que Sigue. Art. 1° Se Indulta De La Pena Que Por Sus Delitos Merezcan, a Los Reos Presos Que Están a Disposición De Los Tribunales Del Estado, Comprendiéndose En Esta Gracia Los Que Estén Rematados Y Se Hallen Cumpliendo Sus Condenas En El Mismo Estado... Y Para Que Llegue a Noticia De Todos, Mando Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Palacio Del Gobierno Del Estado De Oaxaca, Diciembre 1° De 1846.