Decreto núm. 12. El Congreso 7° constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha servido a bien expedir el Decreto que sigue. Artículo único: el gobierno, bajo su mas estrecha responsabilidad procedera a organizar con presencia de la ley los cuerpos de guardia nacional del Estado como mejor convenga a la seguridad y tranquilidad del mismo, sin imponer al erario nuevos gravamenes y dando cuenta al Congreso... Dado en el Palacio del Congreso a 16 de enero de 1847

Decreto núm. 12. El Congreso 7° constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha servido a bien expedir el Decreto que sigue. Artículo único: el gobierno, bajo su mas estrecha responsabilidad procedera a organizar con presencia de la ley los cuerpos de guardia nacional del Estado como mejor convenga a la seguridad y tranquilidad del mismo, sin imponer al erario nuevos gravamenes y dando cuenta al Congreso... Dado en el Palacio del Congreso a 16 de enero de 1847

Detalles Bibliográficos
Formato: Libro
Lenguaje:Spanish
Publicado: Oaxaca : 1846.
Materias:
Colección:Banco de datos
Acervo:Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección Lic. Benito Juárez García
Descripción Física:[1] h. pleg. ; 20 cm.
Tema general:Derecho civil
Notas:Texto a renglón seguido manuscrito

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