Decreto emanado por el C. José Arteaga, gobernador del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes, hago saber: que el sobrano congreso del mismo se ha servido decretar lo que sigue. Decreto NUM. 15. El congreso 7° constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien expedir el decreto que sigue. Art. 1° La corte de justicia del Estado se compondrá de un regente, cinco ministros y un fiscal. Su división y atribuciones serán las demarcadas en la constitución del mismo Estado... Dado en el palacio del congreso del Estado a 1° de febrero de 1847... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno del Estado libre de Oaxaca, febrero 2 de 1847

Decreto emanado por el C. José Arteaga, gobernador del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes, hago saber: que el sobrano congreso del mismo se ha servido decretar lo que sigue. Decreto NUM. 15. El congreso 7° constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien expedir el decreto que sigue. Art. 1° La corte de justicia del Estado se compondrá de un regente, cinco ministros y un fiscal. Su división y atribuciones serán las demarcadas en la constitución del mismo Estado... Dado en el palacio del congreso del Estado a 1° de febrero de 1847... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno del Estado libre de Oaxaca, febrero 2 de 1847

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Arteaga, José Simeón
Formato: Libro
Lenguaje:Spanish
Publicado: Oaxaca : 1847.
Materias:
Colección:Banco de datos
Acervo:Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección Lic. Benito Juárez García
Descripción Física:[2] h. pleg. ; 20 cm.
Tema general:Derecho civil
Notas:Texto a renglón seguido. Sello en tinta de la Biblioteca Pública del Estado de Oaxaca, Oax.