Decreto emanado por el C. José Arteaga, gobernador del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes, hago saber: que el sobrano congreso del mismo se ha servido decretar lo que sigue. Decreto NUM. 16. El congreso 7° constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien expedir el decreto que sigue. Art. 1° Se autoriza al gobierno para que pueda disminuir, aumentar y disponer de la fuerza armada que se halla a sus órdenes del modo que mejor convenga a la tranquilidad y buen servicio del Estado... Dado en el palacio del congreso del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno del Estado libre de Oaxaca, febrero 5 de 1847
| Autor principal: | |
|---|---|
| Formato: | Libro |
| Lenguaje: | Spanish |
| Publicado: |
Oaxaca : 1847.
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| Materias: | |
| Colección: | Banco de datos |
| Acervo: | Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección Lic. Benito Juárez García |
| Descripción Física: | [1] h. ; 20 cm. |
| Tema general: | Derecho civil |
| Notas: | Texto a renglón seguido. Sello en tinta de la Biblioteca Pública del Estado de Oaxaca, Oax. |
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| 100 | 1 | |a Arteaga, José Simeón | |
| 245 | 1 | 0 | |a Decreto emanado por el C. José Arteaga, gobernador del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes, hago saber: que el sobrano congreso del mismo se ha servido decretar lo que sigue. Decreto NUM. 16. El congreso 7° constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien expedir el decreto que sigue. Art. 1° Se autoriza al gobierno para que pueda disminuir, aumentar y disponer de la fuerza armada que se halla a sus órdenes del modo que mejor convenga a la tranquilidad y buen servicio del Estado... Dado en el palacio del congreso del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno del Estado libre de Oaxaca, febrero 5 de 1847 |
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