Cita APA (7a ed.)

Arteaga, J. S. Decreto emanado por el C. José Arteaga, gobernador del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes, hago saber: Que el soberano congreso del mismo se ha servido decretar lo que sigue. Decreto N. 21. El congreso séptimo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien expedir el decreto que sigue. Artículo único. Interin dure la guerra con la república del Norte, pagarán el doce por ciento de la alcabala, la hilaza y tejidos del algodón y lana que se introduzcan de otros Estados... Dado en el palacio del congreso del Estado a 4 de febrero de 1847... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del Estado de Oaxaca, a 6 de febrero de 1847.

Cita Chicago Style (17a ed.)

Arteaga, José Simeón. Decreto Emanado Por El C. José Arteaga, Gobernador Del Estado Libre De Oaxaca, a Todos Sus Habitantes, Hago Saber: Que El Soberano Congreso Del Mismo Se Ha Servido Decretar Lo Que Sigue. Decreto N. 21. El Congreso Séptimo Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca, Ha Tenido a Bien Expedir El Decreto Que Sigue. Artículo único. Interin Dure La Guerra Con La República Del Norte, Pagarán El Doce Por Ciento De La Alcabala, La Hilaza Y Tejidos Del Algodón Y Lana Que Se Introduzcan De Otros Estados... Dado En El Palacio Del Congreso Del Estado a 4 De Febrero De 1847... Por Tanto, Mando Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Palacio Del Estado De Oaxaca, a 6 De Febrero De 1847. Oaxaca : 1847.

Cita MLA (8a ed.)

Arteaga, José Simeón. Decreto Emanado Por El C. José Arteaga, Gobernador Del Estado Libre De Oaxaca, a Todos Sus Habitantes, Hago Saber: Que El Soberano Congreso Del Mismo Se Ha Servido Decretar Lo Que Sigue. Decreto N. 21. El Congreso Séptimo Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca, Ha Tenido a Bien Expedir El Decreto Que Sigue. Artículo único. Interin Dure La Guerra Con La República Del Norte, Pagarán El Doce Por Ciento De La Alcabala, La Hilaza Y Tejidos Del Algodón Y Lana Que Se Introduzcan De Otros Estados... Dado En El Palacio Del Congreso Del Estado a 4 De Febrero De 1847... Por Tanto, Mando Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Palacio Del Estado De Oaxaca, a 6 De Febrero De 1847.

Precaución: Estas citas no son 100% exactas.