Decreto emanado por el C. Marcos Pérez ministro más antiguo de la Escma. corte de justicia, encargado del supremo poder ejecutivo del Estado por ministerio de la ley, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo se ha servido decretar lo siguiente. Decreto Num. 3. El congreso séptimo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. No están comprendidos en la segunda parte de la fracción 3° del art. 123 de la constitución del Estado, los diputados, senadores y ministros de la corte de justicia antes de prestar el juramento respectivo... Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 27 de octubre de 1847... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno del Estado de Oaxaca, octubre 27 de 1847

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Pérez, Marcos
Formato: Libro
Lenguaje:Spanish
Publicado: Oaxaca : 1847.
Materias:
Colección:Banco de datos
Acervo:Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección Lic. Benito Juárez García
Descripción Física:[1] h. ; 20 cm.
Tema general:Derecho civil
Notas:Texto a renglón seguido
Descripción
Notas:Texto a renglón seguido
Descripción Física:[1] h. ; 20 cm.