Decreto emanado por el C. Marcos Pérez ministro más antiguo de la Escma. corte de justicia, encargado del supremo poder ejecutivo del Estado por ministerio de la ley, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo se ha servido decretar lo siguiente. Decreto NUM. 4. El congreso séptimo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien expedir el decreto que sigue. Art. 1° Es gobernador constitucional del Estado de Oaxaca el ciudadano Benito Juárez. 2° Es vice-gobernador del mismo el ciudadano José María Castellanos... Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 27 de octubre de 1847... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del gobierno de Oaxaca a 27 de octubre de 1847
Autor principal: | Pérez, Marcos |
---|---|
Formato: | Libro |
Lenguaje: | Spanish |
Publicado: |
Oaxaca : 1847.
|
Materias: | |
Colección: | Banco de datos |
Acervo: | Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección Lic. Benito Juárez García |
Descripción Física: | [1] h. ; 20 cm. |
Tema general: | Derecho civil |
Notas: | Texto a renglón seguido |
Ejemplares similares
-
Decreto emanado por el C. José Arteaga, gobernador del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes, hago saber: que el sobrano congreso del mismo se ha servido decretar lo que sigue. Decreto NUM. 22. El congreso 7° constitucional del Estado de Oaxaca, ha tenido a bien expedir el siguiente decreto. Artículo único. El congreso séptimo constitucional del Estado, cierra sus primeras sesiones hoy día 4 de febrero de 1847. Dado en el palacio del congreso del Estado de Oaxaca a 4 de febrero de 1847... Por tanto, mando se imprima, publique y circule. Palacio del gobierno del Estado de Oaxaca, febrero 5 de 1847
por: Arteaga, José Simeón -
Decreto emanado por el C. Marcos Pérez ministro más antiguo de la Escma. corte de justicia, encargado del supremo poder ejecutivo del Estado por ministerio de la ley, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo se ha servido decretar lo siguiente. Decreto N. 1. El congreso séptimo constitucional del Estado libre de Oaxaca, abre sus primeras sesiones extraordinarias hoy día 24 de octubre de 1847. Lo tendrá entendido el encargado del poder ejecutivo, y dispondrá se imprima, publique y circule. Dado en el palacio del congreso del Estado de Oaxaca 24 de octubre de 1847... Por tanto, madno se imprima, publique y circule. Dado en el palacio del gobierno de Oaxaca, a 25 de octubre de 1847
por: Pérez, Marcos -
Decreto emanado por el C. Marcos Pérez ministro más antiguo de la Escma. corte de justicia, encargado del supremo poder ejecutivo del Estado por ministerio de la ley, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo se ha servido decretar lo siguiente. Decreto Num. 3. El congreso séptimo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. No están comprendidos en la segunda parte de la fracción 3° del art. 123 de la constitución del Estado, los diputados, senadores y ministros de la corte de justicia antes de prestar el juramento respectivo... Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 27 de octubre de 1847... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno del Estado de Oaxaca, octubre 27 de 1847
por: Pérez, Marcos -
Decreto emanado por C. José Arteaga, gobernador del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes, hago saber: que el soberano congreso del mismo se ha servido decretar lo que sigue. Decreto N. 14. El congreso séptimo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien expedir el decreto que sigue. Artículo único. Se establecerá en el pueblo de Tuxtepec, cabecera del mismo nombre del departamento de Teotitlan del Camino, un ayuntamiento compuesto del número de alcaldes, regidores y síndico que previene el decreto de 25 de enero de 825, expedido por el soberano congreso constituyente del Estado... Dado en el palcio del congreso del Estado de Oaxaca a 27 de enero de 1847... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno del Estado de Oaxaca, a 28 de enero de 1847
por: Arteaga, José Simeón -
Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo siguiente. Decreto NUM. 6. El congreso séptimo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien expedir el decreto que sigue. Art. 1° Se amplia la autorización que contiene el art. 1° del decreto de 21 de noviembre del año próximo pasado al número de fusiles que el gobierno juzgue necesario para la defensa del Estado... Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 3 de noviembre de 1847... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del gobierno de Oaxaca a 4 de noviembre de 1847
por: Juárez, Benito, 1806-1872