Decreto emanado por el C. Marcos Pérez ministro más antiguo de la Escma. corte de justicia, encargado del supremo poder ejecutivo del Estado por ministerio de la ley, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo se ha servido decretar lo siguiente. Decreto NUM. 5. El congreso séptimo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo siguiente. Art. 1° A la doce del día 29 del mes actual prestarán el gobernador y vice-gobernador del Estado el juramento prevenido por el art. 134 de la constitución... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del gobierno de Oaxaca a 28 de octubre de 1847
Autor principal: | Pérez, Marcos |
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Formato: | Libro |
Lenguaje: | Spanish |
Publicado: |
Oaxaca : 1847.
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Materias: | |
Colección: | Banco de datos |
Acervo: | Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección Lic. Benito Juárez García |
Descripción Física: | [1] h. pleg. ; 20 cm. |
Tema general: | Derecho civil |
Notas: | Texto a renglón seguido |
Ejemplares similares
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Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el H. Congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo siguiente. Decreto NUM. 20. El congreso séptimo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° Se declara benemérito del Estado de Oaxaca al ciudadano general Antonio de León... Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 11 de enero de 1848... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno del Estado de Oaxaca, enero 12 de 1848
por: Juárez, Benito, 1806-1872 -
Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el Honorable Congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo siguiente. Decreto NUM. 19. El congreso séptimo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° Se declara vacante la regencia de la Escma. corte de justicia del Estado... Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 8 de enero de 1848... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno del Estado de Oaxaca, enero 10 de 1848
por: Juárez, Benito, 1806-1872 -
Decreto por el C. José Arteaga, gobernador del Estado libre de Oaxaca, a todos sus habitantes, hago saber: que el soberano congreso del mismo se ha servido decretar lo siguiente. Núm. 3. "El soberano congreso del Estado, en uso de sus facultades, ha tenido a bien expedir el decreto siguiente. Art. 1° El domingo 8 del corriente, a las doce del día, prestarán el gobernador y vice-gobernador del Estado, el juramento que previene el art. 134 de la constitución del mismo... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del gobierno del Estado de Oaxaca, a 7 de noviembre de 1846
por: Arteaga, José Simeón -
Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el Honorable Congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo siguiente. Decreto N. 14. El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo siguiente. Artículo único. La legislatura del Estado proroga sus primeras sesiones ordinarias, por el término de un mes. Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique y icrcule. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 28 de agosto de 1848... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del gobierno de Oaxaca a 29 de agosto de 1848
por: Juárez, Benito, 1806-1872 -
Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo siguiente. Decreto NUM. 17. El congreso séptimo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° Se restablecen dos asesorias de las tres que creó el decreto de 29 de septiembre de 1831... Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 5 de enero de 1848... Por tanto, mando se imprima, publique circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno del Estado de Oaxaca, enero 7 de 1848
por: Juárez, Benito, 1806-1872