Juárez, B. Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: Que el soberano congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo siguiente. Decreto NUM. 12. El congreso séptimo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo que sigue. Arículo 1° Las viudas y huérfanas de los que hayan muerto en Teotitlan, Tehuantepec y esta capital en defensa de las legítimas autoridades, gozarán de una pensión vitalicia que satisfará el tesoro del Estado. Los que se consideren con derecho a disfrutar la indicada pensión, lo justificarán ante el gobierno del mismo, quien conforme a lo prevenido en las leyes generales, designará las cantidades a que sean acreedores... Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 7 de diciembre de 1847... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del gobierno de Oaxaca a 7 de diciembre de 1847.
Cita Chicago Style (17a ed.)Juárez, Benito. Decreto Emanado Por El C. Benito Juárez Gobernador Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca, a Todos Sus Habitantes Hago Saber: Que El Soberano Congreso Del Mismo Ha Tenido a Bien Decretar Lo Siguiente. Decreto NUM. 12. El Congreso Séptimo Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca, Ha Tenido a Bien Decretar Lo Que Sigue. Arículo 1° Las Viudas Y Huérfanas De Los Que Hayan Muerto En Teotitlan, Tehuantepec Y Esta Capital En Defensa De Las Legítimas Autoridades, Gozarán De Una Pensión Vitalicia Que Satisfará El Tesoro Del Estado. Los Que Se Consideren Con Derecho a Disfrutar La Indicada Pensión, Lo Justificarán Ante El Gobierno Del Mismo, Quien Conforme a Lo Prevenido En Las Leyes Generales, Designará Las Cantidades a Que Sean Acreedores... Dado En El Palacio Del Congreso De Oaxaca a 7 De Diciembre De 1847... Por Tanto, Mando Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Dado En El Palacio Del Gobierno De Oaxaca a 7 De Diciembre De 1847. Oaxaca : 1847.
Cita MLA (8a ed.)Juárez, Benito. Decreto Emanado Por El C. Benito Juárez Gobernador Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca, a Todos Sus Habitantes Hago Saber: Que El Soberano Congreso Del Mismo Ha Tenido a Bien Decretar Lo Siguiente. Decreto NUM. 12. El Congreso Séptimo Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca, Ha Tenido a Bien Decretar Lo Que Sigue. Arículo 1° Las Viudas Y Huérfanas De Los Que Hayan Muerto En Teotitlan, Tehuantepec Y Esta Capital En Defensa De Las Legítimas Autoridades, Gozarán De Una Pensión Vitalicia Que Satisfará El Tesoro Del Estado. Los Que Se Consideren Con Derecho a Disfrutar La Indicada Pensión, Lo Justificarán Ante El Gobierno Del Mismo, Quien Conforme a Lo Prevenido En Las Leyes Generales, Designará Las Cantidades a Que Sean Acreedores... Dado En El Palacio Del Congreso De Oaxaca a 7 De Diciembre De 1847... Por Tanto, Mando Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Dado En El Palacio Del Gobierno De Oaxaca a 7 De Diciembre De 1847.