Juárez, B. Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: Que el Honorable Congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo siguiente. Decreto NUM. 21. El congreso séptimo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, ha tenido a bien decretar lo siguiente. Art. 1° Cuando las ternas, para la provisión de cualquiera empleo en la que la ley exige la formación de ellas, se encuentren individuos que crezcan de los requisitos legales, o por algun motivo justo no fueren todos o alguno de los que las compongan de la confianza del gobierno, podrá este devolver aquellas, con las observaciones conducentes, a la corporación, autoridad u oficina que las haya presentado... Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 14 de enero de 1848... Por tanto, mando se imprima, publique circule y se le dé el debido cumplimiento.
Cita Chicago Style (17a ed.)Juárez, Benito. Decreto Emanado Por El C. Benito Juárez Gobernador Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca, a Todos Sus Habitantes Hago Saber: Que El Honorable Congreso Del Mismo Ha Tenido a Bien Decretar Lo Siguiente. Decreto NUM. 21. El Congreso Séptimo Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca, Ha Tenido a Bien Decretar Lo Siguiente. Art. 1° Cuando Las Ternas, Para La Provisión De Cualquiera Empleo En La Que La Ley Exige La Formación De Ellas, Se Encuentren Individuos Que Crezcan De Los Requisitos Legales, O Por Algun Motivo Justo No Fueren Todos O Alguno De Los Que Las Compongan De La Confianza Del Gobierno, Podrá Este Devolver Aquellas, Con Las Observaciones Conducentes, a La Corporación, Autoridad U Oficina Que Las Haya Presentado... Dado En El Palacio Del Congreso De Oaxaca a 14 De Enero De 1848... Por Tanto, Mando Se Imprima, Publique Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Oaxaca : 1848.
Cita MLA (8a ed.)Juárez, Benito. Decreto Emanado Por El C. Benito Juárez Gobernador Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca, a Todos Sus Habitantes Hago Saber: Que El Honorable Congreso Del Mismo Ha Tenido a Bien Decretar Lo Siguiente. Decreto NUM. 21. El Congreso Séptimo Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca, Ha Tenido a Bien Decretar Lo Siguiente. Art. 1° Cuando Las Ternas, Para La Provisión De Cualquiera Empleo En La Que La Ley Exige La Formación De Ellas, Se Encuentren Individuos Que Crezcan De Los Requisitos Legales, O Por Algun Motivo Justo No Fueren Todos O Alguno De Los Que Las Compongan De La Confianza Del Gobierno, Podrá Este Devolver Aquellas, Con Las Observaciones Conducentes, a La Corporación, Autoridad U Oficina Que Las Haya Presentado... Dado En El Palacio Del Congreso De Oaxaca a 14 De Enero De 1848... Por Tanto, Mando Se Imprima, Publique Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento.