Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que considerando que parte de las rentas públicas se está invirtiendo en satisfacer deudas atrasadas y que esto no puede hacerse con la igualdad debida por las diversas épocas a que corresponden, lo cual da lugar a quejas sobre preferencias odiosas: conociendo la necesidad de uniformar los pagos y que todos los acreedores del erario vean que se les atiende, y en fin, deseando que se sepa con certeza las cantidades que puedan aplicarse a los gastos corrientes de las rentas y que cesen de gravitar sobre estas los réditos de algunos capitales que las disminuyen considerablemente, en uso de las facultades con que me hallo investido para proporcionar recursos al erario, he tenido a bien decretar lo siguiente. Art. 1° Todos los vencimientos de sueldos o deudas reconocidas por el Estado, se liquidarán por la tesorería general hasta fin de diciembre de 1847, inlcuyendo los réditos que se hayan causado hasta el presente mes, y su importe total se amortizará con vales que se emitirán al efecto... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del gobierno de Oaxaca, a 28 de abril de 1848

Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que considerando que parte de las rentas públicas se está invirtiendo en satisfacer deudas atrasadas y que esto no puede hacerse con la igualdad debida por las diversas épocas a que corresponden, lo cual da lugar a quejas sobre preferencias odiosas: conociendo la necesidad de uniformar los pagos y que todos los acreedores del erario vean que se les atiende, y en fin, deseando que se sepa con certeza las cantidades que puedan aplicarse a los gastos corrientes de las rentas y que cesen de gravitar sobre estas los réditos de algunos capitales que las disminuyen considerablemente, en uso de las facultades con que me hallo investido para proporcionar recursos al erario, he tenido a bien decretar lo siguiente. Art. 1° Todos los vencimientos de sueldos o deudas reconocidas por el Estado, se liquidarán por la tesorería general hasta fin de diciembre de 1847, inlcuyendo los réditos que se hayan causado hasta el presente mes, y su importe total se amortizará con vales que se emitirán al efecto... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del gobierno de Oaxaca, a 28 de abril de 1848

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Juárez, Benito, 1806-1872
Formato: Libro
Lenguaje:Spanish
Publicado: Oaxaca : 1848.
Materias:
Colección:Banco de datos
Acervo:Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección Lic. Benito Juárez García
Descripción Física:4 p. ; 20 cm.
Tema general:Derecho civil
Notas:Texto a renglón seguido
Descripción
Notas:Texto a renglón seguido
Descripción Física:4 p. ; 20 cm.