Juárez, B. Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: Que atención a deberse dictar algunas medidas consiguientes a la celebración de los tratados de paz entre el gobierno nacional y el de los Estados Unidos del Norte y en uso de las facultades con que me hallo investido para conservar el orden público, he tenido a bien decretar lo siguiente. Art. 1° La contribución de que trata el decreto de 27 de diciembre del año anterior, que el art. 5° del de 28 de abril último manda continuar reducida a la mitad, solo se acabará de cobrar por lo cuatro meses que primitivamente fue impuesta... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del gobierno del Estado de Oaxaca a 8 de junio de 1848.
Cita Chicago Style (17a ed.)Juárez, Benito. Decreto Emanado Por El C. Benito Juárez Gobernador Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca, a Todos Sus Habitantes Hago Saber: Que Atención a Deberse Dictar Algunas Medidas Consiguientes a La Celebración De Los Tratados De Paz Entre El Gobierno Nacional Y El De Los Estados Unidos Del Norte Y En Uso De Las Facultades Con Que Me Hallo Investido Para Conservar El Orden Público, He Tenido a Bien Decretar Lo Siguiente. Art. 1° La Contribución De Que Trata El Decreto De 27 De Diciembre Del Año Anterior, Que El Art. 5° Del De 28 De Abril último Manda Continuar Reducida a La Mitad, Solo Se Acabará De Cobrar Por Lo Cuatro Meses Que Primitivamente Fue Impuesta... Por Tanto, Mando Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Dado En El Palacio Del Gobierno Del Estado De Oaxaca a 8 De Junio De 1848. Oaxaca : 1848.
Cita MLA (8a ed.)Juárez, Benito. Decreto Emanado Por El C. Benito Juárez Gobernador Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca, a Todos Sus Habitantes Hago Saber: Que Atención a Deberse Dictar Algunas Medidas Consiguientes a La Celebración De Los Tratados De Paz Entre El Gobierno Nacional Y El De Los Estados Unidos Del Norte Y En Uso De Las Facultades Con Que Me Hallo Investido Para Conservar El Orden Público, He Tenido a Bien Decretar Lo Siguiente. Art. 1° La Contribución De Que Trata El Decreto De 27 De Diciembre Del Año Anterior, Que El Art. 5° Del De 28 De Abril último Manda Continuar Reducida a La Mitad, Solo Se Acabará De Cobrar Por Lo Cuatro Meses Que Primitivamente Fue Impuesta... Por Tanto, Mando Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Dado En El Palacio Del Gobierno Del Estado De Oaxaca a 8 De Junio De 1848.