Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que le Honorable Congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo siguiente. Decreto N. 2. El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Son fiscales de imprenta de esta capital los ciudadanos licenciados Juan María Maldonado y Manuel María Pasos... Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 10 de julio de 1848... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del gobierno de Oaxaca a 13 de julio de 1848

Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que le Honorable Congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo siguiente. Decreto N. 2. El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Son fiscales de imprenta de esta capital los ciudadanos licenciados Juan María Maldonado y Manuel María Pasos... Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 10 de julio de 1848... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del gobierno de Oaxaca a 13 de julio de 1848

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Juárez, Benito, 1806-1872
Formato: Libro
Lenguaje:Spanish
Publicado: Oaxaca : 1848.
Materias:
Colección:Banco de datos
Acervo:Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Biblioteca Francisco de Burgoa. Colección Lic. Benito Juárez García
Descripción Física:[1] h. ; 20 cm.
Tema general:Derecho civil
Notas:Texto a renglón seguido