Juárez, B. Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: Que le Honorable Congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo siguiente. Decreto N. 6. El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxac ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° Se autoriza al gobierno del Estado para que en todos los casos de la epidemia, y en general, en todos aquellos en que un número considerable de vecinos de una población estén atacados de alguna o algunas enfermedades graves, haga de los productos de capacitación los gastos necesarios para auxiliar a las personas atacadas, e impedir los progresos del mal... Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 31 de julio de 1848... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del gobierno de Oaxaca a 1° de agosto de 1848.
Cita Chicago Style (17a ed.)Juárez, Benito. Decreto Emanado Por El C. Benito Juárez Gobernador Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca, a Todos Sus Habitantes Hago Saber: Que Le Honorable Congreso Del Mismo Ha Tenido a Bien Decretar Lo Siguiente. Decreto N. 6. El Congreso Octavo Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxac Ha Tenido a Bien Decretar Lo Que Sigue. Art. 1° Se Autoriza Al Gobierno Del Estado Para Que En Todos Los Casos De La Epidemia, Y En General, En Todos Aquellos En Que Un Número Considerable De Vecinos De Una Población Estén Atacados De Alguna O Algunas Enfermedades Graves, Haga De Los Productos De Capacitación Los Gastos Necesarios Para Auxiliar a Las Personas Atacadas, E Impedir Los Progresos Del Mal... Lo Tendrá Entendido El Gobernador Del Estado Y Dispondrá Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Dado En El Palacio Del Congreso De Oaxaca a 31 De Julio De 1848... Por Tanto, Mando Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Dado En El Palacio Del Gobierno De Oaxaca a 1° De Agosto De 1848. Oaxaca : 1848.
Cita MLA (8a ed.)Juárez, Benito. Decreto Emanado Por El C. Benito Juárez Gobernador Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca, a Todos Sus Habitantes Hago Saber: Que Le Honorable Congreso Del Mismo Ha Tenido a Bien Decretar Lo Siguiente. Decreto N. 6. El Congreso Octavo Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxac Ha Tenido a Bien Decretar Lo Que Sigue. Art. 1° Se Autoriza Al Gobierno Del Estado Para Que En Todos Los Casos De La Epidemia, Y En General, En Todos Aquellos En Que Un Número Considerable De Vecinos De Una Población Estén Atacados De Alguna O Algunas Enfermedades Graves, Haga De Los Productos De Capacitación Los Gastos Necesarios Para Auxiliar a Las Personas Atacadas, E Impedir Los Progresos Del Mal... Lo Tendrá Entendido El Gobernador Del Estado Y Dispondrá Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Dado En El Palacio Del Congreso De Oaxaca a 31 De Julio De 1848... Por Tanto, Mando Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Dado En El Palacio Del Gobierno De Oaxaca a 1° De Agosto De 1848.