Describir: Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: que le Honorable Congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo siguiente. Decreto N. 6. El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxac ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° Se autoriza al gobierno del Estado para que en todos los casos de la epidemia, y en general, en todos aquellos en que un número considerable de vecinos de una población estén atacados de alguna o algunas enfermedades graves, haga de los productos de capacitación los gastos necesarios para auxiliar a las personas atacadas, e impedir los progresos del mal... Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 31 de julio de 1848... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del gobierno de Oaxaca a 1° de agosto de 1848