Describir: Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes, hago saber: que el Honorable Congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo siguiente. Decreto N. 16. El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Art. 1° Los fondos de instrucción pública y de la tesorería de multas se destinan por ahora y con calidad de reintegro a la obra de los caminos de que habla el decreto publicado en 19 de agosto del corriente año... Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 7 de septiembre de 1848... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, septiembre 9 de 1848