Cita APA (7a ed.)

Juárez, B. Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: Que el Honorable Congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo siguiente. Decreto N. 21. El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Se faculta al gobierno del Estado para que haga los gastos necesarios a fin de contrariar cualquier movimiento revolucionario, sostener el orden constitucional federal y conservar a las autoridades supremas de la Unión, poniéndose de acuerdo con los Estados de Puebla, México y Veracruz... Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 12 de septiembre de 1848... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, septiembre 14 de 1848.

Cita Chicago Style (17a ed.)

Juárez, Benito. Decreto Emanado Por El C. Benito Juárez Gobernador Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca, a Todos Sus Habitantes Hago Saber: Que El Honorable Congreso Del Mismo Ha Tenido a Bien Decretar Lo Siguiente. Decreto N. 21. El Congreso Octavo Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca Ha Tenido a Bien Decretar Lo Que Sigue. Artículo único. Se Faculta Al Gobierno Del Estado Para Que Haga Los Gastos Necesarios a Fin De Contrariar Cualquier Movimiento Revolucionario, Sostener El Orden Constitucional Federal Y Conservar a Las Autoridades Supremas De La Unión, Poniéndose De Acuerdo Con Los Estados De Puebla, México Y Veracruz... Lo Tendrá Entendido El Gobernador Del Estado Y Dispondrá Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Dado En El Palacio Del Congreso De Oaxaca a 12 De Septiembre De 1848... Por Tanto, Mando Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Palacio Del Gobierno De Oaxaca, Septiembre 14 De 1848. Oaxaca : 1848.

Cita MLA (8a ed.)

Juárez, Benito. Decreto Emanado Por El C. Benito Juárez Gobernador Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca, a Todos Sus Habitantes Hago Saber: Que El Honorable Congreso Del Mismo Ha Tenido a Bien Decretar Lo Siguiente. Decreto N. 21. El Congreso Octavo Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca Ha Tenido a Bien Decretar Lo Que Sigue. Artículo único. Se Faculta Al Gobierno Del Estado Para Que Haga Los Gastos Necesarios a Fin De Contrariar Cualquier Movimiento Revolucionario, Sostener El Orden Constitucional Federal Y Conservar a Las Autoridades Supremas De La Unión, Poniéndose De Acuerdo Con Los Estados De Puebla, México Y Veracruz... Lo Tendrá Entendido El Gobernador Del Estado Y Dispondrá Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Dado En El Palacio Del Congreso De Oaxaca a 12 De Septiembre De 1848... Por Tanto, Mando Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Palacio Del Gobierno De Oaxaca, Septiembre 14 De 1848.

Precaución: Estas citas no son 100% exactas.