Cita APA (7a ed.)

Juárez, B. Decreto emanado por el C. Benito Juárez gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca, a todos sus habitantes hago saber: Que el Honorable Congreso del mismo ha tenido a bien decretar lo siguiente. Decreto N. 24. El congreso octavo constitucional del Estado libre y soberano de Oaxaca ha tenido a bien decretar lo que sigue. Artículo único. Se deroga el decreto expedido por el gobierno del Estado en 2 de diciembre de 1847, sobre requisición de armas. Lo tendrá entendido el gobernador del Estado y dispondrá se imprima, publique, circule y se dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio del congreso de Oaxaca a 14 de septiembre de 1848... Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno de Oaxaca, septiembre 15 de 1848.

Cita Chicago Style (17a ed.)

Juárez, Benito. Decreto Emanado Por El C. Benito Juárez Gobernador Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca, a Todos Sus Habitantes Hago Saber: Que El Honorable Congreso Del Mismo Ha Tenido a Bien Decretar Lo Siguiente. Decreto N. 24. El Congreso Octavo Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca Ha Tenido a Bien Decretar Lo Que Sigue. Artículo único. Se Deroga El Decreto Expedido Por El Gobierno Del Estado En 2 De Diciembre De 1847, Sobre Requisición De Armas. Lo Tendrá Entendido El Gobernador Del Estado Y Dispondrá Se Imprima, Publique, Circule Y Se Dé El Debido Cumplimiento. Dado En El Palacio Del Congreso De Oaxaca a 14 De Septiembre De 1848... Por Tanto, Mando Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Palacio Del Gobierno De Oaxaca, Septiembre 15 De 1848. Oaxaca : 1848.

Cita MLA (8a ed.)

Juárez, Benito. Decreto Emanado Por El C. Benito Juárez Gobernador Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca, a Todos Sus Habitantes Hago Saber: Que El Honorable Congreso Del Mismo Ha Tenido a Bien Decretar Lo Siguiente. Decreto N. 24. El Congreso Octavo Constitucional Del Estado Libre Y Soberano De Oaxaca Ha Tenido a Bien Decretar Lo Que Sigue. Artículo único. Se Deroga El Decreto Expedido Por El Gobierno Del Estado En 2 De Diciembre De 1847, Sobre Requisición De Armas. Lo Tendrá Entendido El Gobernador Del Estado Y Dispondrá Se Imprima, Publique, Circule Y Se Dé El Debido Cumplimiento. Dado En El Palacio Del Congreso De Oaxaca a 14 De Septiembre De 1848... Por Tanto, Mando Se Imprima, Publique, Circule Y Se Le Dé El Debido Cumplimiento. Palacio Del Gobierno De Oaxaca, Septiembre 15 De 1848.

Precaución: Estas citas no son 100% exactas.